managua 11 Noviembre del 2020. comerciantes ofrecen variedad de productos alisivos a la purisima.LAPRENSA.Roberto Fonseca

Exoneran de impuestos productos para la Purísima y regalos familiares de hasta US$500

La DGA exonerará de impuestos la importaciones de hasta 500 dólares en productos para la celebración de la Purísima y paquetes que los migrantes envíen a sus familias durante la celebración de Navidad y fin de año

A tan solo cinco días del inicio del novenario en honor a la Inmaculada Concepción de María que concluye con la fiesta de la Gritería del 7 de diciembre y cuando muchas familias comenzaron a comprar los artículos de la tradicional «gorra» que se reparte en esa festividad, la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA) anunció a través de un comunicado la exención de impuestos a los artículos para dicha celebración. Esta norma también cubrirá el equipaje y los pequeños envíos, sin valor comercial, que realicen los migrantes en ocasión de las fiestas de Navidad y fin de año.

«El ingreso de los artículos alusivos a la celebración de la Purísima Concepción de María y las fiestas de fin de año (juguetes, golosinas, arreglos navideños, artículos religiosos, artículos que se acostumbre compartir en dichas celebraciones, o bien mercancías distintas del equipaje y pequeños envíos familiares sin carácter comercial), ingresarán con exención de tributos y sin restricción en cuanto a cantidad, bajo el módulo de modalidades especiales, siempre que el valor en factura del envío no exceda los quinientos pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional», dice el comunicado de la DGA dirigido a usuarios eventuales de los servicios aduaneros.

El Acuerdo Monetario Centroamericano establece el peso centroamericano como unidad de cuenta regional y su valor equivale a un dólar de los Estados Unidos de América.

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Exención de impuestos llega tarde

El anuncio de la exención de impuestos llega a pesar que desde hace varias semanas los negocios están abarrotados de mercancías propias de la Gritería y las fiestas de Navidad y fin de año. Y cuando muchas de las familias nicaragüenses invirtieron su salario de noviembre y otros están a la espera de recibir el aguinaldo para comprar los artículos que regalarán en la tradicional gorra del novenario de la Purísima, que se extiende del 28 de noviembre al 6 de diciembre y concluye con la fiesta nacional de la Gritería el 7 de diciembre.

Además la exención de impuestos a estos artículos solo se aplicará entre el 1 y el 31 de diciembre.

El documento divulgado por el DGA explica que en el caso de «mercancías distintas del equipaje que el viajero traiga consigo, este deberá acreditar haber permanecido un mínimo de setenta y dos horas fuera del territorio aduanero». Mientras que «en el caso de los pequeños envíos familiares sin carácter comercial, el consignatario deberá corresponder a una persona natural. En ambos casos, el viajero o el consignatario, deberán acreditar no haber gozado del beneficio de la exención de tributos durante los últimos seis meses anteriores al arribo de las mercancías».

La DGA también explica que cuando el valor en factura de las mercancías supere los 500 dólares, pero sea inferior a 2,000 dólares, la administración de aduana elaborará, sin restricción en cuanto a la cantidad de unidades de mercancías, la declaración aduanera de oficio, bajo el módulo de modalidades especiales, aplicando el factor del 25 por ciento.

No se aplica a volúmenes comerciales

Según el comunicado de la DGA, para «efectos de la aplicación del beneficio de liberación de tributos a la importación, cuando se trate de prendas de vestir, calzado y artículos para el cuido personal, que ingresen nuevos, estos no deberán exceder de cantidades que evidentemente serían destinadas a su comercialización y se permitirá su ingreso aun cuando no corresponda al uso personal del viajero».

Para tal efecto aceptarán el valor de transacción reflejado en la factura emitida por el comercio del país donde se realice la compra. Sin embargo, la factura deberá incluir entre otros, nombre y domicilio del vendedor, lugar y fecha de expedición, descripción de las mercancías, cantidad y valor unitario y total.

En el caso de importación de mercancías sujetas al cumplimiento de obligaciones no arancelarias (permisos, avales, licencias, certificaciones, etcétera), el viajero o consignatario deberá cumplir igualmente con la presentación de los permisos de importación. Con respecto a la importación de mercancías nuevas, tales como teléfonos móviles o tabletas que incorporen la opción de realizar y recibir llamadas telefónicas, si son como máximo dos unidades, no será necesario presentar el permiso del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (Telcor).

Se desconoce el beneficio real que conlleva esta disposición que se ha repetido en los últimos años, pero los especialistas han cuestionado su legalidad.

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