El 27 de octubre es Día Internacional de la Libertad Religiosa. Se celebra —o debería celebrarse— oficialmente en todos los países de las Américas, pues fue proclamado por la OEA mediante una Resolución de su Asamblea General.
Pero también los Estados que no son miembros de la OEA, como Cuba y Venezuela, o que está de salida, cual es el caso de Nicaragua, tienen la obligación de velar por el respeto a la libertad religiosa porque así lo manda la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de las Naciones Unidas, a la que sí pertenecen los países antes mencionados.
La Declaración establece en su artículo 18, que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”.
Por su parte, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que también es un tratado internacional que obliga a todos los Estados de las Américas aunque no sean miembros de la OEA, mandata en su artículo 12:
“Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado. 2. Nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias. 3. La libertad de manifestar la propia religión y las propias creencias está sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos o los derechos o libertades de los demás. 4. Los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.
Históricamente el tema de la libertad religiosa ha sido muy importante, pues no siempre fue respetado el derecho de cada persona a escoger y practicar la religión de su preferencia.
Inclusive ahora, a pesar de los grandes progresos de la humanidad, según distintas investigaciones por lo menos en dos tercios de los países del mundo no se permite de manera total o parcial la libertad religiosa de la gente.
Nazila Ghanea, relatora especial de las Naciones Unidas sobre la libertad de religión o de creencias, ha condenado el “abuso continuado, generalizado y cínico de la religión o de las creencias como herramienta de discriminación, hostilidad y violencia”. Ella dice rendir “homenaje a las víctimas, a su dignidad inherente y a sus derechos iguales e inalienables”. Y se ha comprometido “a velar por que nadie sufra por tales motivos”.
Pero lamentablemente hay mucha gente en diversos lugares del mundo que sigue sufriendo intolerancia, discriminación y persecución por sus creencias y su fe.
En Nicaragua, por las excepcionales circunstancias políticas imperantes desde 2018, la situación de la libertad religiosa es especialmente delicada. Angustiosa inclusive para la gran mayoría de la población constituida por cristianos católicos y evangélicos.
Todos ellos, inclusive los que son partidarios del régimen, en la intimidad de sus conciencias oran porque en este país se pueda volver a practicar la fe con libertad, confianza y seguridad.