La Sala Penal del Tribunal de Apelaciones Circunscripcion Sur ratificó la condena de prisión perpetua para Alexander Díaz Tórrez, de 29 años, quien asesinó a Farling José Aburto Betancourt, de 21, confirmó el abogado acusador Gabriel Díaz.
En la misma resolución el tribunal de segunda instancia reduce a Alexander Díaz la condena por robo agravado de siete años a cinco años y seis meses.
Alexander Díaz se declaró culpable de asesinato agravado y robo agravado que cometió el 14 de julio de 2021 en un hostal de La Gran Sultana, adonde citó a la víctima utilizando una identidad falsa.
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El sentenciado le quitó la vida a Farling Aburto de 27 estocadas con una bayoneta para robarle una computadora gamer valorada en 1,600 dólares, según la acusación que presentó la Fiscalía.
Resolución de apelaciones
Los magistrados granadinos al reformar parcialmente la sentencia de primera instancia señalan que no dan lugar a la petición de la defensa de Alexander Díaz de recalificar los hechos de asesinato agravado a asesinato.
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La defensa de Farling Aburto alega que el sentenciado (Alexander Díaz) se declaró culpable de asesinato y no de asesinato agravado que es la calificación jurídica dada por el juez sentenciador. “La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en varias sentencias ha establecido que los reos al declararse culpable admiten hechos y no calificaciones jurídicas”, subrayan los magistrados en su resolución.
Condena por robo
El acusador particular adherido Gabriel Díaz al referirse a la sentencia del Tribunal de Apelaciones de Granada destacó que lo más importante es que mantuvo la prisión perpetua por el asesinato agravado.
Preguntado sobre la importancia de la condena de cinco años y seis meses por robo agravado, el abogado penalista explicó que la misma surtiría efecto en el “remoto” caso que la CSJ revocara la condena de cadena perpetua por una menos gravosa.
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Cabe mencionar que si la CSJ rechaza el recurso de casación que eventualmente presentará la defensa de Alexander Díaz pidiendo revocar la prisión de por vida, el sentenciado solo puede pedir revisión de de la misma hasta que haya descontado 30 años en la cárcel.