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El CNU es el rector de la educación superior en Nicaragua. LA PRENSA/ARCHIVO

CNU tendrá la potestad de regular y controlar la emisión de títulos, diplomas y grados académicos

Diputados aprueban nueva legislación que ordena la creación de un Registro Nacional de Estudios, Títulos, Diplomas y Grados Académicos

La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó este jueves la “Ley de reconocimiento de Estudios, Títulos, Diplomas y Grados Académicos”, que implica la creación de un Registro Nacional de estos recursos académicos otorgados a los estudiantes cuando concluyen la educación superior y también ordena el reconocimiento de los títulos otorgados en el extranjero.

La Ley fue aprobada en lo general con 84 votos a favor y seis diputados que se mantuvieron presentes, de un total de 91 legisladores que componen el parlamento.

Según la Ley, este Registro Nacional debe velar por el control, seguridad y registro de estudios, títulos, diplomas y registros académicos, otorgados a nivel nacional y reconocer los otorgados en el extranjero, el que será “administrado y resguardado” por el Consejo Nacional de Universidades (CNU), señala el artículo 6 de la nueva legislación.

Lea además: Asamblea Nacional aprueba acuerdo entre Nicaragua y Rusia para reconocer como comparables sus estudios, calificaciones y grados científicos

También se establece la obligación de las instituciones de educación técnica y superior de “reportar” al CNU los títulos, certificados, diplomas y grados académicos otorgados para actualizar el Registro Académico Nacional.

Solo universidades públicas

Asimismo señala que las universidades estatales serán las únicas facultadas para reconocer e incorporar títulos y grados académicos otorgados en el extranjero “conforme a sus estatutos o reglamentos internos”.

Los diputados sandinistas, que son mayoría (70) en la Asamblea Nacional, celebraron que esta ley ordene un costo accesible para gestionar el título universitario, que según la nueva Legislación no debe superar los 1,500 córdobas. Además, las instituciones tendrán 180 días para remitir el registro de los graduados y títulos otorgados los 10 últimos años.

La diputada sandinista Ángela Espinoza manifestó que esta ley contribuye a agilizar el proceso de entrega de títulos universitarios y a reducir sus costos.

Lea admás: Asamblea Nacional aprueba reforma a la Ley reguladora del CNEA

La exposición de motivos señala que el Estado requiere “actualizar la legislación nacional para regular la emisión, control, seguridad y procedimientos para el registro de estudios, títulos, diplomas y grados académicos otorgados por las instituciones de Educación Superior de Nicaragua y establecer el procedimiento para el reconocimiento e incorporación nacional de estudios, títulos, diplomas y grados académicos otorgados en el extranjero”.

La ley fue presentada el pasado 5 de octubre en la Asamblea Nacional por los diputados sandinistas José Antonio Zepeda y Maritza Espinales, presidente y miembro (respectivamente) de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social, que dictaminó como favorable la nueva ley.

En la misma sesión de este jueves fue aprobada la reforma a la Ley Creadora del Sistema Nacional para el aseguramiento de la calidad de la educación y reguladora del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (Ley 704), conocida como Ley creadora del CNEA, vigente desde hace 10 años.

Según la exposición de motivos, la reforma a la Ley 704 tiene el propósito de agilizar los procesos de acreditación institucional y de carrera, para que las universidades de Nicaragua, que estén en capacidad y disposición, puedan obtener su acreditación institucional o de programas, en menor tiempo del establecido en la Ley vigente.

Política Asamblea Nacional CNU Nicaragua universidades archivo

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