Abogados de la CPDH interpusieron recursos por inconstitucionalidad contra la reforma al Código Penal. LAPRENSA/CORTESÍA

CPDH interpone recurso por inconstitucionalidad contra detención de hasta 90 días

Los abogados del organismo denuncian que no les permitieron el ingreso a la Corte Suprema de Justicia.

Abogados de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH)  interpusieron, la mañana de este martes, cinco recursos por inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en contra de la Ley 1060, Ley de Reforma y adición a la Ley 406 Código Procesal Penal de Nicaragua (CPP), que estableció la detención judicial de una persona hasta por un período de 90 días.

El pasado 3 de febrero de este año, los diputados orteguistas en la Asamblea Nacional aprobaron dicha reforma a la Ley 1060, que permite tener hasta por un período de 90 días detenida a una persona que esté siendo procesada cuando antes se establecía que el tiempo máximo era de 48 horas. Dos días después esta entró en vigencia al ser publicada en el diario oficial La Gaceta.

«Esta ley viene a retroceder en materia penal el avance en un estado democrático de derecho cuando se pasa de 48 horas de detención establecidas en la Constitución hasta 90 días, esto es algo arbitrario, algo inmoral en contra de la ciudadanía porque si no se le demuestra en 90 días el delito a esa persona, entonces pasará detenida  y los daños a las familias no van a ser pagados por el Estado», cuestionó Frank Cortés, abogado de la CPDH.

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Violación a la presunción de inocencia

Pablo Cuevas, abogado de la CPDH, consideró que la reforma a dicha propició un retroceso en materia penal y de abuso hacia los derechos humanos y constitucionales de los nicaragüenses. Recordó que la medida de prisión preventiva es extrema y se aplica solo en los casos que son necesarios. Criticó que ahora el Poder Judicial no respeta la presunción de inocencia de los procesados, ya que puede mantenerlos hasta por tres meses presos.

La abogada de la CPDH, Eliezcar Vallecillo, reaccionó molesta por la discriminación de la que fueron objetos por parte de trabajadores de la CSJ, quienes evitaron que ingresaran a las instalaciones a interponer el recurso por inconstitucionalidad y los mantuvieron afuera, bajo el sol. «Nos dejaron aquí afuera bajo el sol y que estemos de pie, escuchamos que la orden fue que solo iban a dejar ingresar el documento, pero que nosotros nos quedáramos afuera, nos tienen más de dos horas aquí y hasta que ellos quieren nos atienden. Esto siempre nos hacen simplemente por ser defensores de derechos humanos, esto lo hacen como un castigo hacia nosotros», se quejó.

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Violación de derecho constitucional

El abogado Eber Acevedo, de la CPDH, dijo que «la Ley 1060 que reforma al Código Procesal Penal viola artículos de la Constitución referente a las 48 horas para presentar al reo frente a la autoridad competente, principalmente en la presunción de inocencia, ya se ha dicho en materia de derechos humanos como el Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles, que la prisión preventiva es una medida excepcional que solo se debe aplicar en casos extremos».

El artículo 33 de la Constitución Política de Nicaragua en su inciso 2, numeral 2.2 establece que una persona detenida debe de ser puesta a la orden de la autoridad competente dentro del plazo de las 48 horas posteriores a su detención.

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El artículo 34 de la Constitución Política establece que toda persona a quien se impute un delito se presumirá inocente y como tal deberá ser tratada en todo momento del proceso, mientras no se declaré su culpabilidad mediante sentencia firme dictada conforme la ley. Ambos artículos están vigentes.

 

 

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