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Consecuencias y riesgos de la reforma a la Ley 842

El dictamen de la Ley de Reforma y Adición a la Ley 842, Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, estableció como objetivo de la reforma “garantizar una mejor y mayor protección de los derechos de los consumidores y usuarios en el acceso a los bienes y servicios, al ser estos un derecho humano reconocido por el Estado de Nicaragua, con lo cual se daría cumplimiento a los preceptos constitucionales sobre la plena protección, salvaguarda, defensa y tutela de los derechos fundamentales por el Estado”.

La reforma que finalmente se aprobó y publicó, lejos de lograr el objetivo planteado en el papel, va en dirección contraria al mismo.

Terminó siendo una reforma con objetivos políticos que amplía el ámbito de control del Ejecutivo, que tiene consecuencias inmediatas en el Estado de Derecho y en la seguridad jurídica, y cierne una amenaza sobre todos los consumidores y usuarios, dependiendo del actuar político del gobierno con relación a las decisiones que pretenda imponer a los bancos en su relación con el sistema financiero internacional.

Dicho de otra manera, la reforma aprobada amenaza que el resultado sea no una mejor y mayor protección a favor de los derechos de los consumidores sino en todo lo contrario, es decir, en una deteriorada y reducida protección de estos.

Como resultado concreto de la reforma, Nicaragua se convierte en un caso muy especial si no único a nivel mundial al adquirir por un lado el Estado la categoría de consumidor y al cambiar por el otro lado la potestad de los bancos, conforme la Recomendación 10 del GAFI y su nota interpretativa, de tener políticas internas con un enfoque basado en riesgo en materia de prevención de lavado de dinero y trasladar la misma al Estado.

Las primeras consecuencias de la reforma las vemos en la violación al derecho constitucional de libre empresa consignado en el artículo 99 de la Constitución Política de Nicaragua; al pasar por encima de una serie de leyes existentes al ignorarlas, no aplicarlas o subordinarlas a esta reforma; y al incumplir con las normativas de algunos instrumentos internacionales firmados por el Estado de Nicaragua. Asimismo, al hacer al Estado consumidor (usuario privilegiado) es darle aún más control en su relación de poder político sobre los ciudadanos y las empresas. En este caso de manera particular al Ejecutivo, quien es el que controla todos los poderes del Estado. Distinto es el caso en un Estado que tiene pesos y contrapesos. Pero aquí el Ejecutivo lo que hará prevalecer es el criterio político a su conveniencia, lo que va a generar más inseguridad jurídica para todos los que no somos Estado ni partido.

Por ello es lamentable, por ejemplo, que con esta reforma se pretende anular de hecho la utilización de los métodos alternos de solución de controversias para dirimir disputas entre personas naturales y jurídicas, en igualdad de condiciones ante la ley, incluyendo las disputas con el Estado tal como lo incorporan una serie de leyes aprobadas en los últimos años. Se pierden los contrapesos. En este caso, los esfuerzos realizados desde la gremialidad a partir del año 2005 para darle mayor certidumbre jurídica a los consumidores, inversionistas y personas jurídicas ahora quedan seriamente debilitados, lo que sumado a la falta de solución de la crisis política nos mantendrá siendo un país poco atractivo para la inversión.

Otro ejemplo de igual consecuencia negativa es la intromisión del Ejecutivo con esta ley en entidades públicas que habían sido hasta ahora relativamente respetadas en su accionar técnico, como es el caso del Banco Central. Con esta reforma se entrometen en las funciones del Banco Central al hacerlo receptor de reclamos de consumidores (remesas), lo que no está contemplado en su ley orgánica. De hecho, esta reforma provoca una serie de contradicciones con una serie de leyes vigentes, lo que en un país con independencia de poderes resultaría consecuentemente en las necesarias reformas de estas. Esto, sin embargo, nos abriría a otra caja de Pandora por lo ya explicado y por el tipo de leyes que se han estado aprobando desde el segundo semestre del año pasado, en donde se han venido cerrando los espacios a todos los nicaragüenses.

Esas son algunas de las consecuencias de la reforma, pero no podemos perder de vista los riesgos que esta conlleva y que, de hacerse realidad, pueden provocar perjuicios muchos mayores a las que me referiré en una segunda parte de este artículo.

El autor es expresidente del Cosep.

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