José A. Peraza

Reforma electoral mínima

En las últimas semanas se ha abierto un debate intenso sobre la pertinencia o no de pedir personería jurídica para nuevos partidos políticos. Mi posición es clara. No hay urgencia de personería, especialmente, si se dice, contar con una organización partidaria territorial. Cualquier acuerdo pasa porque los partidos tengan un tiempo prudencial para adecuarse al próximo proceso electoral. Muchos de los problemas que sufren los partidos, con estructuras reales, han sido causados por el mismo Consejo Supremo Electoral (CSE).

No se puede ir a una nueva elección si el CSE, que va a gerenciar la próxima elección, no se reforma. Debe haber total garantía para los participantes que el proceso es competitivo y que, realmente, se juega el poder. Para lograr ese objetivo, el CSE debe experimentar profundos cambios, sin los cuales toda elección carecería de legitimidad. Algunas de esas reformas mínimas al CSE son:

Cambiar su Rol Político. Esto significa interpretar la normativa electoral de forma imparcial; obligar a los funcionarios del CSE a informar sobre sus actividades y justificarlas ante los partidos políticos y la ciudadanía; imponer sanciones a servidores públicos que violen la Ley Electoral; y, comunicar a la ciudadanía sobre las acciones que lleva adelante el CSE para desarrollar una relación de calidad con la ciudadanía.

Eliminar el control partidario de CSE. Para avanzar en este tema delicado se debe reformar la Ley Electoral en la dirección definida por la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea (MOE-UE) para establecer nuevos “…requisitos de elegibilidad y mecanismos de selección de magistrados electorales para que sean personas de prestigio profesional y perfil independiente y neutral”. Estos mis requisitos deben ser establecidos para los órganos electorales departamentales, municipales y por Junta Receptora de Votos (JRV).

Eliminar los partidos políticos que no alcancen mínima votación. Hacer cumplir el artículo 10 de la Ley Electoral, numeral 17, inciso “b” que quita la personería jurídica a los partidos que participen en un proceso electoral para presidente y vicepresidente y no obtengan al menos un cuatro por ciento de los votos válidos. Esta medida evitaría que el FSLN siga infiltrando las estructuras del CSE a través de estos partidos satélites.

Depurar el padrón electoral. Tarea primordial para que estén en el padrón solo las personas autorizadas para votar. Inaceptable que sigan votando menores de edad, personas que no aparecen en el padrón y electores con cédula sin estar registradas en dicho padrón electoral.

Quejas, impugnaciones y recursos. Crear un reglamento que establezca de forma clara la interposición de recursos y su resolución por el órgano electoral. La reforma electoral debe contener el recuento de votos como remedio para eliminar las impugnaciones con miras a eliminar JRV. Se debe establecer la posibilidad de repetir la elección en las circunscripciones donde se altere el 25 por ciento de las JRV.

La conformación, cierre y escrutinio en las JRV. Elaborar un reglamento que establezca de forma detallada cómo deben abrirse, cerrarse y escrutarse las JRV. Cómo manejar la recepción, procesamiento y contabilidad de las boletas electorales. Se deben enviar a cada JRV el número exacto de boletas de personas inscritas en el padrón electoral. Más un porcentaje adicional pequeño de boletas para atender las contingencias de algunos votantes.

Derechos y deberes de los fiscales. Establecer un procedimiento detallado que defina el actuar de los fiscales de los partidos políticos. El CSE no debe ni puede interponer obstáculos ni prácticos ni administrativos a los fiscales en todas las fases del proceso. La Ley y su reglamento deben ser taxativos y otorgar derechos a los partidos para nombrar fiscales en todas las instancias del CSE.

Redefinir las circunscripciones electorales. Los escaños para cada circunscripción deberán ser establecidos de acuerdo con los datos poblacionales oficiales actuales para cada uno de las circunscripciones departamentales, municipales y de los Consejos Regionales de la Costa Caribe.

Cedulación: El registro civil debe ser, como dice la MOE-UE, “exhaustivo, fiable y preciso”; además, la OEA recomienda sanear el registro civil desligándolo de los ciclos electorales. Existen dos tesis para hacer esto. La primera argumenta que esa responsabilidad debe recaer sobre un organismo independiente de cedulación; la otra que continúe bajo responsabilidad del CSE. No importa el camino, lo fundamental es que sea un órgano totalmente independiente y desligado de los ciclos electorales.

Capacitación. Establecer un departamento de capacitación en el CSE que capacite a todos los funcionarios del CSE y la ciudadanía en general; especialmente, sobre los temas que aborden el funcionamiento de las JRV y los procedimientos de votación. Informática y Transmisión de Datos. Tema fundamental para la credibilidad del sistema. Este debe proporcionar información exhaustiva sobre el flujo de la información desde la JRV hasta el Centro de Computo Nacional. Los partidos políticos deben tener el derecho y el deber de auditar el Software del CSE. Esto implica diseñar un protocolo para aplicárselo al Software y mostrar los resultados JRV por JRV.

Administración Electoral. Todo procedimiento, documento oficial y formatos a utilizar por el CSE, en el proceso de votación, debe estar elaborado, identificado y conocido por los partidos políticos con seis meses de anticipación.

Una Ley de partidos políticos. Con el fin de promover su autonomía y reducir, como acertadamente recomienda MOE-UN,  la injerencia de la Corte Suprema de Justicia y del CSE en la vida interna de los partidos.

Observación electoral nacional y extranjera. Debe ser requisito sine qua non para toda elección.

Estos cambios requieren consenso y patriotismo. No obstante, no seamos ingenuos en pensar que con sólo ellos se transforma el sistema electoral y mucho menos el sistema político. Tarea de largo aliento. Escuchemos la advertencia del maestro Mario Bunge de cómo reformar sociedades: “la sociedad es un sistema, de modo que no sé puede alterar uno de sus componentes sin cambiar al mismo tiempo todos los demás. Por consiguiente toda reforma de las costumbres debe ser integral, o sea tanto política en particular (jurídica) como económica y cultural. En particular la reforma moral, si ha de ser profunda y perdurable, deberá ser parte de una reforma social integral”.

El autor es politólogo.   

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