LA PRENSA/L. Álvarez

C​osep: Ley de seguridad soberana “no debe dejar margen a discrecionalidad”

​​El jefe de la bancada FSLN, Edwin Castro, dijo que las observaciones del Cosep le parecían de "perogrullo", es decir "tan sabido y conocido que resulta tonto decirlo", pero aseguró que van a ser tomadas en cuenta.​

El representante del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep), Freddy Blandón, manifestó que la iniciativa de Ley de Seguridad Soberana debe contemplar la relación con los principios constitucionales de defensa y seguridad de los ciudadanos nicaragüenses y también señaló que deben quedar claros los «riesgos y amenazas», para evitar la discrecionalidad.

«El equilibrio pleno entre derecho, garantías individuales y el esfuerzo que tiene que hacer el Estado para garantizar la defensa a la seguridad de los ciudadanos, desde los conceptos constitucionales, eso tiene que precisarse y puede ayudar a redactarse mejor», manifestó Blandón ante los diputados del partido gobernante Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), quienes terminaron de consultar la propuesta en la Asamblea Nacional.

Blandón también explicó que «(La iniciativa de Ley) tiene que tener una coherencia y tiene que tener un equilibro entre lo que son los objetivos de la defensa y la seguridad, principios que están en la parte orgánica de nuestra Constitución, con relación a los principios de la defensa, con lo que son los deberes y los derechos individuales de los ciudadanos nicaragüenses. Nosotros creemos que si guardamos correctamente ese equilibrio, esta ley no debe tener mayor problema».

​​El jefe de la bancada FSLN, Edwin Castro, dijo que las observaciones del Cosep le parecían de «perogrullo», es decir «tan sabido y conocido que resulta tonto decirlo», pero aseguró que van a ser tomadas en cuenta.​

EVITAR DISCRECIONALIDAD

El representante del Cosep además señaló que no está definido qué es un conflicto, por lo cual sugirió que se debe dejar claro su concepto para que no haya margen a la discrecionalidad.

«Creemos que el concepto de conflicto no está definido, pero en particular nos interesa que cualquier definición que esté planteada aquí no deje el mínimo margen a la discrecionalidad. ¿Por qué? Porque si ya la definición comienza a insinuar discrecionalidad, la aplicación se distorsiona totalmente», manifestó Blandón.

AMENAZAS Y RIESGOS

El artículo ocho de la iniciativa de Ley establece un listado de Amenazas a la seguridad soberana, entre las que se cuenta el espionaje, sabotaje, rebelión, traición a la patria y “cualquier acto ilegal que atente contra la existencia del Estado nicaragüense y sus instituciones”, además de “actos de injerencia extranjera en los asuntos nacionales (…)”. Y el artículo siete establece como riesgos «cualquier otro factor que genere peligro a la seguridad de las personas, la vida, la familia y la comunidad…».

«Cuando se habla de los riesgos específicos y de las amenazas específicas, hay dos literales que dejan abierto a alguna interpretación, como que puede ser cualquier cosa, entonces nosotros creemos que puede la técnica legislativa en consenso, prevalecer para que efectivamente no se entienda que aquí es cualquier cosa lo que es un riesgo o cualquier cosa lo que es una amenaza. Debe ser desde la perspectiva nuestra un acto o una acción ilegal la que puede ser una amenaza», explicó Blandón.

Política cosep Ley de Seguridad Soberana archivo

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COMENTARIOS

  1. Roberto
    Hace 11 años

    Lo que menos debe de tener esa Ley, como otras, es dejar vacios y lo peor, dejar discrecionalidades a manos del Dictador, porque aunque sea Rojo y si el dice que es Negro, Negro se queda, pero de todas formas esas «CONSULTAS», que estan haciendo como en otras Leyes, es solamente para llenar requisitos y darle el marco de Legalidad, porque a como la envio el Hombre, asi se queda, le hacen cambios en la redaccion pero no en el contenido, el contenido el mismo se queda.

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