Los diputados avanzan en la aprobación de los artículos del nuevo Código Procesal Civil. LA PRENSA / ASAMBLEA NACIONAL

Diputados aprueban “ejecución forzosa”

Los diputados de la Asamblea Nacional aprobaron el Libro Seis del nuevo Código Procesal Civil, sobre Ejecución Forzosa, referido al derecho que tiene un acreedor para que se ejecuten los fallos judiciales, cuando el deudor está renuente a pagar una deuda.

Los diputados de la Asamblea Nacional aprobaron el Libro Seis del nuevo Código Procesal Civil, sobre Ejecución Forzosa, referido al derecho que tiene un acreedor para que se ejecuten los fallos judiciales, cuando el deudor está renuente a pagar una deuda.

El diputado y miembro de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, Carlos Emilio López, explicó que anteriormente los procesos de ejecución estaban dispersos en una gran cantidad de leyes y en diferentes libros del actual Código de Procedimiento Civil, sin embargo, ahora van a estar condensado en un solo libro.

El diputado López explicó que “se llama ejecución forzosa porque cuando no se cumple la sentencia, se establecen los mecanismos judiciales que obligan a la persona a cumplir con la sentencia”.

“La ejecución siempre debe procurar recuperar el bien, el dinero, el daño causado, pero también se establece un límite, porque este es un Código de equilibrios, entonces en esa ejecución no se puede ir más allá de lo que se le debe al acreedor”, añadió el diputado López.

Hay tres tipos de ejecución: dineraria, es decir cuando se reclama un dinero; hipotecaria y prendaria, cuando se trata de un pago de crédito garantizado con hipoteca y, de hacer o no hacer y dar cosas determinadas, relacionadas con el cumplimiento de obligaciones específicas. Solo faltan dos de los ocho libros para concluir la aprobación de esta legislación.

Política Código Procesal Civil archivo

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COMENTARIOS

  1. enrique gorrialan
    Hace 11 años

    y para que andan prestando,o para que ponen la garantia ?

  2. Hace 11 años

    Q’ zanganada legalizada mas vulgar!, pero no habia menos de esperar, el mal ejemplo se estableze siempre desde arriba y los lideres decretan el desarrollo y los principios ha ser aplicados en las organizaciones en este caso, Nicaragua. el estilo de los Ortegas ha sido, hasta el momento muy peculiar; predicar su supuesta altamenta buena intencion para las masas y por detras en forma exponiente hacer multiplicar su fortuna q’ esta siendo protegida en bancos en el exterior. Y ellos como Pilatos,

  3. NIK
    Hace 11 años

    }aqui debe quedar claro que cuando un bien se hipoteca y por algun problema el dueño no puede pagar la deuda, y despues de un juicio se vende la propiedad, el banco debe de cobrar su parte y entregar el sobrante al dueño, pues ahora por una pinche suma de dinero te venden la propiedad y el banco te roba todo eso pues la persona lo pierde todo, aun cuando la propiedad sea mas valiosa que la deuda.

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