ciudadanía, libertad
Chéster Membreño

Aspectos jurídicos del Islam

A fines del siglo VI y principios del VII Europa atravesaba la alta edad media y ya se habían establecido los principales reinos germánicos. Por esa época surgió en Arabia el movimiento unificador político religioso, encabezado por Mahoma, que se expandiría más tarde sobre los territorios persa, mesopotámico, bizantino, palestino y sirio, llegando a alcanzar el norte de África, Egipto, Asia, Turquestán y la invasión militar de casi toda España.

Los estados musulmanes que han aceptado las normas occidentales han surgido como grupos tolerantes y respetuosos del estado laico, derechos individuales y la supremacía constitucional. Por el contrario, en los estados islamitas más radicales la situación de los derechos individuales es deprimente y constitucionalmente no existe el principio del estado laico. En el caso del matrimonio, este es definido como el vínculo conyugal entre dos personas de sexo diferente, comprometidas a convivir según las normas del Sariá. El Corán, prescribe el derecho del varón a casarse hasta con cuatro mujeres a la vez, pero prohibe que la mujer tenga más de un esposo. La mujer es el objeto del contrato y por ella se paga un precio. La unión matrimonial mahometana puede concertarse de forma escrita y oral ante el cadí. Además, es legítimo el matrimonio entre menores de edad y se confiere a los padres el derecho de casar a los hijos según su conveniencia. El Sariá reconoce la validez del matrimonio forzoso. El Corán estipula como deber del hombre pegarle a la esposa rebelde, así como el encierro perpetuo de las infieles en casa del esposo. El castigo corporal no está limitado, es legítima facultad masculina sobre su cónyuge, de modo que se exonera de responsabilidad penal al esposo cuya mujer falleciere como resultado de una golpiza con fines “educativos”. La mujer, a partir del casamiento, adquiere la condición de propiedad privada del marido, se les prohibe participar en actividades sociales o sitios públicos, sin cubrirse el rostro.

Una breve reseña del islamismo y sus leyes religiosas, nos revela que la violencia actual, atroz violencia de los yihadistas que alegan actuar en base a mandatos de su dios Alá y su profeta Mahoma, es una violencia antigua. Desde su formación religiosa, el islamismo ha dado muestras de no pretender convivir con nuestros ideales cívicos, morales y religiosos de civilización cristiana.

Fue en Roma, el sitio más antiguo de la civilización occidental donde se forjaron los cimientos de lo que hoy nos han legado en justicia, igualdad de derechos, manejo de la cosa pública, y los principios contra las tiranías, la división de los poderes del Estado; llámese el imperio romano, en su versión republicana y sus estatutos legados al mundo; el derecho romano, la ley de las doce tablas, armas fundamentales de la convivencia social y de nuestro ejercicio jurídico como profesionales del derecho y las leyes. Por esta razón los crueles yihadistas que graban vídeos con hombres vivos quemados en jaulas, señalan a Roma como la futura ciudad donde invadirán e implementarán por medio de la violencia, el terror y la violencia sus leyes y la crueldad más primitiva.

El autor es Abogado y Notario Público.

COMENTARIOS

  1. Eduardo Pérez
    Hace 11 años

    En este mundo políticamente correcto, hablar las cosas por su nombre es casi pecado. Resulta que el buen islam fue condenado como herejía por la Iglesia Católica desde que apareció. Ya el mismo San Juan Damasceno escribía contra ella. A propósito, el «Damasceno» viene de Damasco, actual Siria, Oriente Medio, zona mayoritariamente musulmana, que fue evangelizada por los Cristianos por el don de palabra del Espíritu Santo (persuasión, si lo quieren llamar así), pero no por la espada.

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