Lealtad “errada” de diputados

A criterio del constitucionalista Óscar Castillo, la función del diputado es ante todo ser leal a la Constitución y a su elector, quien le depositó el voto de confianza para que lo representara ante la Ley en el poder legislativo.

Óscar Castillo, especialista en Derecho Constitucional. LA PRENSA/ ARCHIVO
Óscar Castillo, especialista en Derecho Constitucional.
LA PRENSA/ ARCHIVO

A criterio del constitucionalista Óscar Castillo, la función del diputado es ante todo ser leal a la Constitución y a su elector, quien le depositó el voto de confianza para que lo representara ante la Ley en el poder legislativo.

“El diputado, ante todo, se debe a la Constitución, en segundo lugar a sus electores, quienes le han confiado con su voto un mandato”, aclara el experto en derecho y decano de la Facultad de Derecho de la Upoli.

Los diputados sandinistas aseguran a una voz que ellos son fieles al FSLN y aclaran además que sus escaños le pertenecen al partido. Olvidándose que tienen un compromiso con la Constitución y la población, según dijeron la semana pasada.

“Aquí no hay elección uninominal, aquí se elige por partido, la gente vota por la bandera, por el partido”, expresó tajante la diputada sandinista Martha Marina González, para aclarar que se deben al partido.

[doap_box title=»“No es moral lo que dicen”» box_color=»#336699″ class=»aside-box»]

El jurista Óscar Castillo sostiene que no es moral que un diputado diga que su función y su escaño pertenecen al partido. “No es moral porque su deber, ante todo, es con su elector y la condición de (diputado es) representar al pueblo y a la sociedad, es respetando el ordenamiento jurídico y cumplir y luchar el mandato de su elector”, aclara el jurista Castillo.

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Castillo afirma que el diputado tiene lealtad con su partido para cumplir reglamentos internos, en función de membresía partidaria y orgánicas, pero deja claro que en función de su ejercicio como servidor público, se debe a la población, tal como lo manda la Constitución.

Ver en la versión impresa las páginas: 12 A

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COMENTARIOS

  1. popo cuadra
    Hace 12 años

    y para apuntalar tu escrito le agregare que los diputados tienen taxativamente una lista en el numeral 10 del arto 138 cn y en ninguna de esas causales establece que la no pertenencia a un partido acarrea la perdida de la diputacion, asi tambien mencionare que los diputados segun el Arto. 139.estan exentos de responsabilidad alguna por sus opiniones y votos .
    Entonces la separacion de un diputado por no pertenecer mas a un partido politico es la manera de como un partido mantiene cautivos y temerosas las conciencias de nuestros legisladores.

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