DRM para dispositivos móviles

Por DRM (Digital Rights Management) se entiende toda la cadena de hardware y software, así como las tecnologías involucradas, que gobiernan el uso autorizado de los contenidos y gestionan cualquier consecuencia de ese uso a lo largo de todo el ciclo de vida de los mismos.

Ing. Hjalmar Ruiz Tückler *

Por DRM (Digital Rights Management) se entiende toda la cadena de hardware y software, así como las tecnologías involucradas, que gobiernan el uso autorizado de los contenidos y gestionan cualquier consecuencia de ese uso a lo largo de todo el ciclo de vida de los mismos. La tecnología DRM puede desplegarse e integrarse en un chip, un sistema operativo, una aplicación, o una combinación de ellos. El objetivo es conseguir que los usuarios solo accedan a los contenidos si cumplen con unos requisitos (normalmente el pago de una determinada cantidad) determinados por el/los propietarios de los mismos.

La telefonía móvil es quizás uno de los mercados donde los sistemas DRM tienen mayor importancia actualmente, ya que están desarrollándose masivamente servicios de descarga de contenidos cuyo éxito comercial depende de la protección de los mismos. De hecho, algunos operadores como Sonera, afirman que el DRM es crucial para el éxito de servicios como el MMS, que se basan en el envío de contenidos de un usuario a otro.

De acuerdo con la arquitectura actual de este tipo de sistemas, el usuario adquiere de forma separada el contenido (encriptado) y la licencia, que contiene la clave para desencriptar la información. El contenido debe haberlo registrado el proveedor de contenidos previamente en el servidor de licencias, para poder generar las mismas. Tanto la adquisición de dicha licencia como el pago, que se realiza cuando se adquiere la misma y no cuando se adquiere el contenido, se realizan a través un “broker”, que normalmente será el operador. El servidor de contenidos puede pertenecer al proveedor de los mismos o a un “agregador de valor”, y el servidor de licencias puede pertenecer tanto al proveedor de contenidos como al operador de la red.

Los puntos en los que se fundamenta este sistema DRM se pueden resumir en los siguientes:

1. Separación de los contenidos de lo que son los derechos sobre los mismos.

2. Los contenidos se empaquetan, de forma encriptada, en un contenedor virtual que es lo que descarga el usuario y lo que puede transmitirse de uno a otro.

3. Los derechos se expresan en una licencia o vale (voucher), que solo es válido para un usuario concreto.

4. El “middleware” (software situado entre las aplicaciones y la red) del dispositivo del usuario interpreta la licencia adquirida por el usuario y actúa en consecuencia.

5. La capacidad para expresar distintos tipos de derechos permite regular distintos usos de los contenidos, ofreciendo licencias para previsualizar la información, editarla, grabarla, etc.

El usuario puede, después de adquirir un contenido (independientemente de que adquiera la licencia o no), enviárselo a otro usuario, que independientemente de lo que haya hecho el primero deberá pagar la licencia pertinente para poder usar dicho contenido y podrá a su vez enviárselo a otro usuario. Para hacer factible todo esto es primordial la facilidad de uso, de forma que con solo pulsar un botón el usuario pueda comprar la licencia de un contenido cuando lo recibe.

Con la telefonía móvil de nueva generación esta gestión de los derechos de propiedad intelectual es todavía más importante, ya que están apareciendo nuevos servicios y el acceso a contenidos es más generalizado. Es por ello que tanto el 3GPP (The 3rd Generation Partnership Project), el ETSI (The European Telecommunications Standards Institute) y la OMA (Open Mobile Alliance) continúan trabajando en la estandarización de los aspectos relacionados con el DRM, como el formato de las licencias y los protocolos entre los terminales y los elementos del sistema DRM, lo cual aseguraría la interoperabilidad entre redes distintas.

(*) Consultor

[email protected]

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COMENTARIOS

  1. Oscar
    Hace 12 años

    Ese razonamiento me recuerda a José Arcadio Buendía, de 100 años de soledad. Pura basura

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