Álvaro Leiva Sánchez
El Día Internacional de los Trabajadores, en todos los países por acuerdo del “Congreso Obrero Socialista” celebrado en París en 1889 se conmemora un homenaje a los Mártires de Chicago que fueron ajusticiados por su participación en las jornadas de lucha para alcanzar la jornada laboral de ocho horas que culminó con la huelga del 1 de mayo de 1886 en los Estados Unidos (EE. UU). Considero, que este día es un día de duelo nacional para la clase trabajadora nicaragüense por la realidad laboral en que vive de constante irrespeto a sus derechos constitucionales, laborales, humanos, sindicales y de seguridad social por parte de un gobierno que dice ser cristiano, socialista y solidario. Los trabajadores nicaragüenses nada tienen que celebrar este Día Internacional del Trabajo, ya que hasta hoy no existe una voluntad política del Gobierno en mejorar su imagen de respeto a sus derechos constitucionales, laborales, humanos, sindicales y de seguridad social como una obligación y compromiso de Estado democrático defensor de la justicia laboral para alcanzar la ansiada justicia social en Nicaragua. Siempre he sostenido que en este día no se necesitan discursos demagógicos, populistas y llenos de coloridos que distorsionen la verdadera realidad en que viven nuestra sufrida clase trabajadora nicaragüense con respecto al respeto de sus derechos fundamentales; si no lo que se necesita es que verdaderamente se garantice el derecho al trabajo de los nicaragüenses sin excepción, consagrado en los artículos 57 y 80 de la “Constitución Política de Nicaragua”, título preliminar del “Código del Trabajo de Nicaragua” y en el artículo 23 de la “Declaración Universal de Derechos Humanos”.
No es posible celebrar el Día Internacional de los Trabajadores mientras no se supere, que más de un millón de nicaragüenses en la edad laboral y que forman parte de la Población Económicamente Activa (PEA); encuentren empleo, respeto a la libertad individual de los empleados públicos, pues hoy se les obliga a participar en actividades políticas partidarias del Gobierno a cambio de su estabilidad en el trabajo generándose un deterioro y retroceso en los recursos humanos del Estado en cuanto a la calidad de la función pública; la crisis de empleo formal, que da lugar a la multiplicación de labores informarles, las cuales presentan precarias condiciones. La inserción laboral de los trabajadores discapacitados que no son vistos como sujetos de derechos, pues se les trata con discriminación. Que no se sigan eliminando sindicatos ni despidiendo a sus dirigentes por reclamar respeto a sus derechos fundamentales de sus afiliados en las instituciones públicas; señaladas de estar mal administradas. Que el Estado cumpla con su deuda pública por sentencias judiciales y pago de prestaciones sociales a favor de extrabajadores públicos aún no pagadas por más de cinco años; que se revise el salario que devenga la clase trabajadora ya que no existe una relación equitativa con la realidad del valor de la Canasta Básica de productos y servicios. Que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia tutele con sus sentencias judiciales los derechos fundamentales de la clase trabajadora si excepción; el respeto a los 61 Convenios Internacionales ratificados en materia laboral y sindical ante la Oficina Internacional del Trabajo (OIT). El autor es Abogado Especialista en Derecho Laboral y Constitucional con mención en Derechos Humanos.