Gisella Canales Ewest
La reciente reforma tributaria que el ejecutivo de Nicaragua hizo vía decreto responde a la reducción de ingresos que presionan las finanzas estatales, lo que ha provocado en las últimas semanas una serie de medidas de austeridad y la aprobación de cambios con fines recaudatorios, como los hechos a la Ley de Tránsito.
A través del decreto 06-2014, “De reformas y adiciones al decreto 01-2013, Reglamento de la Ley 822, Ley de Concertación Tributaria” realmente lo que se hizo fue reformar la ley en busca de llenar el hueco en las recaudaciones de 2013.
Según información obtenida por LA PRENSA, la recaudación de impuestos durante 2013 alcanzó aproximadamente 40,683.32 millones de córdobas, un crecimiento de 9.3 por ciento respecto a 2012, pero la meta era aumentar en 15.3 por ciento, es decir lograr unos 42,916.6 millones de córdobas.
A criterio de especialistas, los cambios hechos a la Ley 822, Ley de Concertación Tributaria, serían en reacción a la merma de ingresos que sufre el Estado, que contrasta con el incremento de gastos que tiene al asumir desde este año el financiamiento de programas sociales que antes pagaba la cooperación venezolana, como el bono salarial a más de 160 mil empleados públicos, que en 2014 puso una carga de 1,215 millones de córdobas al Presupuesto.
16.9 % fue el incremento en 2012, comparado con 2011.
9.3 % habría sido el crecimiento de las recaudaciones en 2013 respecto a 2012.
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“Ya de hecho es claro que la Ley (822) no ha logrado los objetivos”, afirma el consultor tributario Benjamín Hernández, haciendo referencia a que varios de los artículos de la reforma al reglamento de la misma muestran intención recaudatoria.
CAMBIOS QUE RECAUDARÁN
Entre los artículos con fines recaudatorios que Hernández señala están el número tres del nuevo reglamento, que modifica el artículo 11 de la Ley, que dice: “Se constituyen como rentas de actividades económicas los ingresos provenientes de rentas de capital y ganancias o pérdida de capital, cuando el contribuyente las obtiene como el objeto social o giro comercial principal, así como las que se deriven de esta”. En la ley no se contemplan las actividades derivadas. “Por ejemplo, ahorita para el Día de los Enamorados: las flores están gravadas, pero el transporte no, pero cuando se juntan (servicio de entrega) entonces todo va gravado”.
Otro artículo del nuevo reglamento que aumentaría sustancialmente los ingresos del Fisco es el 11, que reforma el artículo 265 de la Ley 822 y grava con tributos municipales las transacciones mayores a 40 millones de córdobas anuales que se realicen a través de las bolsas agropecuarias, y que anteriormente estaban exentas.
Pero el artículo que más evidencia la urgencia de ingresos es el 1, que indica que dicha disposición reglamentaria es aplicable “a las operaciones derivadas desde la entrada en vigencia de la Ley 822”, es decir, desde el 1 de enero de 2013, lo que implicaría retroactividad en el reglamento, pese a violentar de esta forma el artículo 2 del Código Penal y el artículo 5 del Código Tributario.
Esto significaría que algunas empresas no solo tendrán nuevos impuestos este año, sino que además tendrían que pagar al Fisco los correspondientes al año pasado.
UNA MÁS
Si bien el Gobierno aún no ha publicado una cifra oficial de los ingresos tributarios en 2013, desde finales de enero funcionarios del Gobierno, como la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, magistrada Alba Luz Ramos, han expresado orientaciones de austeridad ante posibles recortes presupuestarios.
Asimismo, el diputado sandinista Wálmaro Gutiérrez dijo que las instituciones públicas “deben tener un plan contingente en el cual deben hacer ajustes y la desaceleración del gasto a lo interno” para “enfrentar una posible crisis como consecuencia de una caída de las recaudaciones”.
Como si esto fuera poco, la semana pasada se aprobó la reforma a la Ley de Tránsito, elevando fuertemente el valor de las multas. Por ejemplo, por conducir en estado de ebriedad la multa actual es de 1,500 córdobas, pero cuando entre en vigor la reforma oscilará entre 1,000 y 5,000 córdobas, según el grado de embriaguez.
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