MARTHA VÁSQUEZ
Mientras que para el docente en Derecho Constitucional, Byron Sequeira, viene a desmejorar el acceso a la justicia porque primero se debe agotar la vía administrativa y luego la jurisdiccional.
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Para el magistrado de facto Francisco Rosales, presidente de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, la sustitución de la Ley de Amparo por la Ley de Justicia Constitucional que proponen en la reforma constitucional tiene ventajas porque establece un solo procedimiento para tramitar los diferentes recursos que garantizan la defensa de los derechos constitucionales.
“Ahora esperamos que esta ley contenga un solo procedimiento y que se armonice de tal manera que sería un verdadero logro en el sentido que vas a tener un solo proceso para todos”, recalcó Rosales.
Sin embargo, para el docente en materia constitucional, Byron Sequeira, hay un punto gris en la propuesta, ya que propone que los jueces ordinarios declaren la inconstitucionalidad en el caso concreto, pero no aclara que deben enviar su sentencia a la Corte Plena para que resuelvan, a como estaba antes.
“Debe aclararse este punto en la reforma, si la aprueban”, reiteró el docente.
Los recursos que contempla la Ley de Amparo son el recurso por inconstitucionalidad, de amparo, hábeas corpus, contempla el conflicto de poderes y la inconstitucionalidad en caso concreto. La nueva Ley incluye además el hábeas data.
El otro punto que toca la reforma al poder judicial es en la creación de tribunal contencioso administrativo, como una forma de garantizar el principio de legalidad, aunque para otros lo que vendría a hacer es desmejorar el acceso a la justicia a los ciudadanos.
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