Guatemala/ACAN-EFE
Diez días después la CC anuló el fallo por errores en el proceso legal y ordenó retrotraer el caso hasta antes de la sentencia.
[/doap_box]
El exdictador guatemalteco José Efraín Ríos Montt acaricia la posibilidad de ser amnistiado para evadir su supuesta responsabilidad en los delitos de genocidio y crímenes de guerra perpetrados durante su régimen de facto, gracias a un fallo emitido ayer por la Corte de Constitucionalidad (CC).
La CC, en una decisión dividida de cinco a dos, de sus siete magistrados, ordenó a la Sala Primera de Apelaciones que pida al Juzgado A de Mayor Riesgo, fundamentar jurídicamente “por qué no es aplicable la amnistía” solicitada por los abogados del exjefe de Estado, y rechazada por esta judicatura en 2012.
El secretario de la CC, Martín Guzmán, aclaró a los periodistas que la CC “en ningún momento” ha resuelto que se le aplique la amnistía a Ríos Montt, pero sí que el tribunal “razone” y argumente jurídicamente por qué se excluyó el Decreto 8-86 en el proceso legal seguido contra el ex presidente. En esa normativa, aprobada por el régimen de Óscar Mejía Víctores (1983-1986), se otorgó amnistía a los militares y guerrilleros que participaron en la guerra (1960-1996).
Danilo Rodríguez, uno de los abogados de Ríos Montt, aseguró que su cliente “fue amnistiado por la ley promulgada por Mejía Víctores en 1986”, por lo que, dijo, el fallo de la CC viene a “confirmar” un derecho que le había sido violentado.
El abogado Héctor Reyes, del Centro de Acción Legal para los Derechos Humanos (Caldh), que actúa como querellante en el proceso, aseguró que la resolución de la CC no puede ser aplicada porque “es contradictoria con otra emitida en agosto pasado”. En ese fallo, la Corte sostiene que los delitos de genocidio y crímenes de guerra “son imprescriptibles en Guatemala”, por lo que no pueden ser objeto de amnistía.
Ver en la versión impresa las páginas: 8 A