Tania Sirias y Gloria Picón
El 22 de junio de este año, el Consejo Supremo Electoral (CSE) resolvió “cancelar el acta de posesión y la credencial” a la diputada Olga Xochilt Ocampo Rocha, razón por la cual se cometió una aberración jurídica, dijo la abogada Helga Asher, quien introducirá un recurso ante el Tribunal de Amparo de Managua (TAM).
“No hay ninguna lógica jurídica, ellos (los sandinistas) actúan ordenando al CSE la forma para hacer cumplir el mandato de ellos, pero no hay ningún argumento jurídico, la decisión es eminentemente política, contra alguien que no cumplió la disciplina partidaria”, recalcó Navarro.
El jurista Carlos Tünnermann dijo que era necesario que la junta directiva del parlamento protestara por esa destitución.
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Asher explicó que al cancelar el acta de posesión de Ocampo como diputada da por entendido que el día que se aprobó la Ley especial para el desarrollo de infraestructura y de transporte nicaragüense atingente al Canal, zona libre de comercio e infraestructuras asociadas, o Ley 840, la ciudadana estaba “usurpando funciones”, pues ella nunca fue legisladora al tenor de esta resolución.
A juicio de la expresidenta del Consejo Supremo Electoral, Rosa Marina Zelaya, la actuación del poder electoral “lesiona la institucionalidad democrática del país y la del poder legislativo”. Además causa un pésimo precedente, ya que lo que hicieron a Ocampo pueden hacerlo con el resto de legisladores que conforman el parlamento.
Zelaya afirmó que este es un cargo de elección popular y las razones por las que se puede defenestrar a un diputado están claras en la ley. “Por lo que sabemos Xochilt Ocampo no falleció, no renunció y tampoco enfrenta un proceso judicial, entonces no hay causales de destitución”, dijo Zelaya.
SIN PARLAMENTO, EN TEORÍA
Otra de las hipótesis planteadas por Asher es que al ser una juramentación colectiva, donde el secretario de actuaciones del CSE, Luis Alfonso Luna Raudez, hizo contar la toma de posesión de los 91 diputados, el poder electoral canceló el acta de los demás legisladores y el parlamento puede estar disuelto, dejando a los legisladores en un limbo jurídico.
El jurista Carlos Tünnermann explicó que si el acto de posesión es colectivo, jurídicamente es posible, pero hasta el momento el parlamento sigue laborando de manera normal.
Asimismo indicó que un diputado que ya fue proclamado electo por el CSE, que además tomó posesión y se le dio su credencial, no tiene cabida jurídica el destituirlo a no ser por las causales descritas en la ley, de no ser así, “no es más que un abuso de poder”.
“En este caso existe una invasión de poderes y es extraño que el poder legislativo no haya actuado de manera beligerante al verse afectado uno de sus miembros”, expresó el doctor Tünnermann.
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