José Adán Aguerri
La vigente Ley General sobre Cámaras de Comercio fue publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 197 del 3 de septiembre de 1934, alcanzando ya casi 79 años desde que fue publicada. Esta ley además de ser una ley antigua es una ley en desuso. Lo anterior debido a que la ley además de estar desfasada no tiene una regulación apropiada y tampoco fue reglamentada.
Desde la creación en 1992 de la Ley 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, las Organizaciones Gremiales Empresariales han venido utilizando este mecanismo para su constitución al igual que lo hacen las Organizaciones No Gubernamentales.
A través de la Ley 147 las solicitudes de personería jurídica se hacen a través de la Asamblea Nacional contrario al mecanismo establecido en la Ley General sobre Cámaras de Comercio en donde le corresponde al ejecutivo dictar las aprobaciones. Este proceso de aprobación a través de la Asamblea Nacional se ha convertido en un proceso muy dilatado lo que ha hecho que como sector gremial busquemos un mecanismo de aprobación más ágil.
El 3 de octubre pasado fue publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 188 la Resolución de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional No. 13-2012 por la cual a partir de esa fecha quedan suspendidas las tramitaciones de personerías jurídicas de las Cámaras Empresariales y le solicita al ejecutivo que conforme la citada ley del 34 dicte las medidas para la aprobación de los Estatutos que presenten la Cámaras Empresariales.
Es conforme lo anterior, que el 27 de mayo, el ejecutivo presentó ante la Asamblea Nacional el anteproyecto de “Ley General de Cámaras Empresariales de Nicaragua”, con el objetivo de “modernizar la legislación de la materia” para fortalecer las políticas de estímulo al crecimiento de la economía nicaragüense y las facultades de dichas Cámaras, para que estas cumplamos con la finalidad para la cual fuimos creadas; objetivo que por supuesto respaldamos.
Este proyecto no fue consultado previamente con los sectores gremiales empresariales y ha provocado polémica alrededor de algunos temas siendo el más importante que pretende definir a las cámaras empresariales como organizaciones con fines de lucro. Pero también el anteproyecto tiene algunos temas que valoramos positivamente como el hecho de que la aprobación de las solicitudes será a través del Mific de manera similar a la forma en que las organizaciones sindicales se vinculan con el Mitrab.
No obstante lo anterior, consideramos que esta iniciativa es una excelente oportunidad para que las Cámaras demos un salto de calidad en la forma de agremiarnos y sobre todo para poder tener un marco moderno y novedoso para nuestro funcionamiento.
Teniendo como antecedente lo anterior y al haber sido remitido este anteproyecto a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto para su dictamen; hemos convenido el día de ayer en un encuentro con su presidente el diputado Wálmaro Gutiérrez iniciar un proceso de revisión, discusión y consenso del contenido normativo final de esa importante ley para la gremialidad empresarial.
En la reunión de trabajo con el diputado Gutiérrez tuvimos la oportunidad de plantear algunas de nuestras principales consideraciones sobre el anteproyecto referidas, entre otras, a la definición jurídica de que las Cámaras no somos entidades con fines de lucro y la importancia de establecer un plazo máximo al Mific para aprobar las solicitudes una vez cumplido todos los requisitos.
En este sentido hemos convenido que los equipos técnicos del sector privado, ejecutivo y legislativo trabajaremos durante el receso parlamentario en la búsqueda de un anteproyecto de consenso, moderno, ágil, inclusivo, efectivo y que incorpore las buenas prácticas de otras legislaciones similares.
Como Cosep aseguraremos un marco legal que reconozca el funcionamiento soberano de nuestras organizaciones gremiales empresariales sin que se establezcan limitaciones a su organización y estructuras actuales internas. El autor es presidente de Cosep
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