El 24 de septiembre de 2001, en el marco de la IX Reunión del Comité de Negociaciones Comerciales del ALCA, se realizó una reunión entre Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica y Estados Unidos con el objeto de discutir posibles medios para profundizar las relaciones bilaterales de comercio e inversión. A tales efectos, el 27 de noviembre de ese mismo año, se iniciaron discusiones de carácter técnico dentro del marco de la fase exploratoria designada como “Diálogo de Política Comercial CA-USA”.
El lanzamiento oficial de las negociaciones del tratado de libre comercio entre Centroamérica y los Estados Unidos (Cafta, por sus siglas en inglés) se llevó a cabo el 8 de enero de 2003, en la ciudad de Washington, DC. En noviembre de 2003, a unos cuantos meses de que concluyera el proceso de negociaciones de Cafta, los Estados Unidos anunciaron la eventual incorporación de la República Dominicana al proceso, quedando finalmente reconocido como el DR-Cafta (Dominican Republic-Central America Free Trade Agreement, en inglés), o TLC (Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos de América, en castellano). Se concretó la adopción del texto para todos los países involucrados, en 2004 y entró en vigor en distintas fechas para cada país a partir de 2006. En Nicaragua la Asamblea Nacional lo aprobó la noche del 10 de octubre de 2005. Entre los 22 capítulos que conforman el DR-Cafta se encuentra el capítulo laboral en donde el Estado de Nicaragua como miembro de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) no ha cumplido con sus obligaciones y compromisos asumidos en virtud de la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y su Seguimiento (1998) (Declaración de la OIT) y esto es fácil de observarlo ya que de los sesenta convenios internacionales ratificados ante OIT el Estado de Nicaragua ha violado más de 15 convenios internacionales. Otro capítulo que conforman el DR-Cafta es el dedicado al campo de la protección ambiental, en donde el Estado de Nicaragua ha incumplido en la aplicación efectiva de las leyes nacionales e internacionales en materia ambiental establecido como compromiso de cumplimiento en el marco del “Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos de América”. Todos sabemos que la situación ambiental en Nicaragua sufre un acelerado y progresivo deterioro, que se traduce en la pérdida de recursos naturales, potenciales ecológicos y calidad ambiental, que son necesarios para sustentar el desarrollo de nuestro país.
Como un reto y voluntad política el Estado de Nicaragua tiene que tomar en serio cumplir con los capítulos laboral y ambiental del (DR-Cafta) ya que de no hacerlo como hasta hoy ha sucedido le resta credibilidad a la observancia de sus compromisos de país que ha adquirido en dicho tratado con la comunidad internacional.
Sí Nicaragua cumple con los capítulos laboral y ambiental del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos de América, demostrará que se está encauzando a una prosperidad como nación, justicia laboral que es parte de la justicia social; respeto y protección a los recursos naturales y derechos ambientales, que son derechos humanos.
El autor es Abogado Especialista en Derecho Laboral y Constitucional con mención en Derechos Humanos.
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