Gloria Picón Duarte
Aunque la alcaldesa designada del municipio de Rancho Grande, María Isabel González Amador, ha incumplido con la Ley de Municipios al no convocar al Concejo Municipal de manera formal su posible destitución se vería imposibilitada, ya que la reglamentación de la misma Ley señala que la resolución debe ser firmada por dos tercios de los concejales, y los opositores (12 en total) no reúnen los votos necesarios.
El diputado Javier Vallejo explicó que la destitución de la alcaldesa debe ser aprobada mediante resolución del Concejo, pero esta debe ser aprobada por al menos dos tercios de los miembros del Concejo, pero hay 12 concejales de oposición y 11 del Frente Sandinista lo cual imposibilita que pueda haber una resolución con los dos tercios.
Vallejo sostuvo que el Frente Sandinista está actuando como lo ha hecho en otros municipios, pero que en Rancho Grande encontró personas con convicciones claras.

Vallejo señala que aunque la alcaldesa convocó a una sesión no lo hizo por los canales correspondiente (por escrito) establecidos en el reglamento de la Ley de Municipios, lo cual invalidó su convocatoria.
En el artículo 24 de la Ley de Municipios establece que es causal de destitución de un alcalde o alcaldesa la falta de convocatoria al Concejo por un periodo igual o mayor a 60 días continuos, lo cuales ya se cumplieron el pasado 17 de marzo.
A criterio de Vallejos lo más grave que está ocurriendo en Rancho Grande es que no está constituido el Concejo, no hay un secretario y las comisiones no están conformadas y hay procedimientos municipales que la alcaldesa debió hacer dentro de los sesenta días.
Hasta ahora las sesiones municipales no se han llevado a cabo porque el Frente Sandinista ha estado ofreciendo prebendas y hasta chantajeando para que al menos dos de los concejales opositores aseguren que votarán con ellos y así obtener el control de la secretaría del Concejo y de las comisiones.
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