Los niños podrán opinar en audiencia privada sobre su crianza, cuido y la relación con su padre o madre, según el nuevo Código de la Familia, que aún se aprueba en lo particular en el plenario de la Asamblea Nacional. LA PRENSA/ AGENCIAS

Mifamilia se hará cargo de conciliaciones

El nuevo Código de la Familia, que se aprueba en lo particular en la Asamblea Nacional, establece la conciliación como método de resolución en diferencias familiares, dejando el proceso a cargo del Ministerio de la Familia para un trámite gratuito y expedito.

El nuevo Código de la Familia, que se aprueba en lo particular en la Asamblea Nacional, establece la conciliación como método de resolución en diferencias familiares, dejando el proceso a cargo del Ministerio de la Familia para un trámite gratuito y expedito.

[doap_box title=»Conclusión del trámite» box_color=»#336699″ class=»aside-box»]
El artículo 559 establece el procedimiento para la finalización de un trámite de conciliación en casos de familia y es aplicable para el acuerdo de las mismas. Este acuerdo podrá ser total o parcial, o bien puede no haber acuerdo o faltar una de las partes a una segunda invitación.

En cualquier caso se levantará acta para que quede constancia de la forma de conclusión del trámite. De no resultar acuerdo, queda a salvo el derecho de las partes para acudir a la vía judicial.

Si existiesen circunstancias sobrevenidas, estando firme el acuerdo, y que pudiesen afectar el contenido de este, cualquiera de las partes, podrá solicitar un nuevo trámite conciliatorio ante el Ministerio de la Familia.

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El Código claramente establece que la conciliación no aplicará para casos de violencia intrafamiliar física, sicológica o sexual.

Sin embargo, sí será aplicable para temas como el cuido, la crianza, alimentos, régimen de comunicación, visitas y los conflictos en la relación entre padre, madre e hijos.

De acuerdo con una de las mociones aprobadas el pasado jueves, una vez que llega la solicitud al conciliador autorizado por el Ministerio, este tendrá un máximo de ocho días para notificar a la otra parte, pero procurando hacerlo lo más pronto que le sea posible.

El diputado Carlos Emilio López confirmó que avanzaron en la aprobación del artículo 538 al 601, y se espera que en una o dos semanas terminen de aprobar el Código que contará con 700 artículos.

El legislador del Frente Sandinista y miembro de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos de la Asamblea explicó que cuando se logre un acuerdo en el trámite de conciliación, este deberá cumplirse, y en caso de incumplimiento podrá recurrirse a la vía judicial para que se aplique un acuerdo administrativo.

Los conciliadores deberán ser graduados en sicología, trabajo social o sociología y aprobar una capacitación impartida por la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

El Código también establece que cuando alguien discuta la crianza, cuido y la relación con el padre o la madre, podrá oirse a los niños, siempre que sea en audiencia privada, y los o las conciliadoras deberán informar a los abogados de la partes, que ellos no deben intervenir.

La aprobación del Código de la Familia es una discusión que ha tardado más de un año, pues el proyecto que inicialmente estaba compuesto por 649 artículos ahora tiene 700, debido a nuevas disposiciones durante su aprobación.

En cualquier caso se levantará acta para que quede constancia de la forma de conclusión del trámite. De no resultar acuerdo, queda a salvo el derecho de las partes para acudir a la vía judicial. Si existiesen circunstancias sobrevenidas, estando firme el acuerdo, y que pudiesen afectar el contenido de este, cualquiera de las partes, podrá solicitar un nuevo trámite conciliatorio ante el Ministerio de la Familia.

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COMENTARIOS

  1. Babilonia
    Hace 14 años

    ala alta dirigencia del ministerio de la familia en managua x favor hagan cambios en los municipios dnd ha habido kejas de las Delegadas ya continuan haciendo de las suyas, x ke las proteje el politico x q son igual d coruptos, en la RAAN se deben hacer cambio en Bonanza, pongale sello,no hacen su trabajo x andar en otras cosas.

  2. Salvemos Nicaragua
    Hace 14 años

    Ke bonito conciliacion en manos de los peores trabajadores del estado a como lo es el Ministerio de la familia en Nicaragua, en manos de mujeres coruptas,viciadas y siempre favorecen ante todos los intereses de sus amistades, y ahora con el monton de plata ke lestira la Loteria nacional se estan enriqueciendo abrumadoramente y nunca las cambian x q son allegadas al secretario politico de su municipio, x q muchas sean kejado y es hoy y no las cambian la Viceministra lo sabe bien,pero….

  3. Salvemos Nicaragua
    Hace 14 años

    Ke salvajes ke son estos haraganes diske diputados lame botas de Daniel y la Challo como van hacer esto busken como cambiar a todos estas Delegadas coruptas de la RAAN, la viceministra sabe muy bien ke en la gira ke se hizo se le puso kejas y todavia ahi estan funcionando como ke si nada, siguen haciendo de las suyas x q tienen el respaldo del politico ke es igual a ellas, hagan el cambio ustedes desde ahi no le den opcion alpolitico x q el jamas la va sacar si son zorro del mismo piñal

  4. Macario Tiburon
    Hace 14 años

    En los procesos de reconocimiento forzoso de paternidad,operara en beneficio del demanadante,la reversion de la carga de la prueba,mediante la cual, el demandado estara obligado a proveer las pruebas necesarias para la resolucion del caso.La inactividad o la oposicion del demandado a aportar la prueba necesaria,tendra la presuncion legal de la paternidad atribuida,la cual podra ser impugnada solo en los terminos previstos …Esto es lo que hay que hacer dentro de un proceso contencioso!!!

  5. Panchito Nicaragua
    Hace 14 años

    No he leido todo el codigo, pero me resulta excesivamente largo en comparacion con otros de America Latina. Por otro lado, esa aberracion juridica de otorgar la inscripcion preventiva temporal del hijo, con la sola declaracion de la mujer, es sumamente peligrosa para la paz social ya que se presta a extorsiones y se aparta de los principios basicos procesales en que la reversion de la carga de la prueba opera a beneficio del demandante,pero dentro de un proceso ante juez competente.Ojo Hombres!!

  6. azul
    Hace 14 años

    lo que inicia mal termina mal, los concooadores deberan por ley ser licenciados en derecho y no psicologos,trabajdores sociales ,sociologos, pues lo que se aplicara es la ley y no confites,pero omo aqui es un burro para otro burro,que habra estudiado este, que lastima de diputado le deberain no pagar pues no hace nada mas wue enradar las cosas como gallo pinto y eso que solo hace copi page de otras leyes.

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