Humberto Galo Romero
El Centro de Exportaciones e Inversiones (CEI), a través del manual ABC del Exportador , brinda una serie de recomendaciones para quienes se inician en el ámbito de las exportaciones.
“La primera de ellas es analizar si el producto ofertado es lo necesariamente competitivo, tanto a nivel nacional como internacional”, se lee en el documento, y agrega que esto será evaluado mediante los siguientes indicadores: productividad, precio, servicio e imagen empresarial.
“Esto garantiza que el exportador pueda cumplir con sus expectativas y al mismo tiempo pueda cumplir con los compromisos que adquiere con el Gobierno al obtener este beneficio fiscal”, menciona Samantha Aguilar, de la firma Consortium Legal Taboada y Asociados.
Y es que para que una pequeña o mediana empresa pueda exportar debe de cumplir con una serie de disposiciones establecidas por las distintas entidades gubernamentales vinculadas en el proceso.
“Número de registros, pago de cuotas arancelarias, además de los indicadores establecidos en la ley, es parte trascendental de este beneficio”, dijo Aguilar.
En este sentido, las organizaciones de exportadores se dan a la tarea de brindar capacitaciones y asesorías a las empresas en temas como: planes de negocio, mercadeo, embalajes y etiquetados de los productos que se ofertan en los distintos mercados comerciales a los que Nicaragua tiene acceso.
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La Ley de Concertación Tributaria (LCT), que entró en vigencia el 1 de enero pasado, trae consigo una serie de beneficios para el sector exportador del país, pero también una serie de obligaciones.
Ofrece un período de gracia para gozar de un monto preferencial para el pago de impuestos, tanto para los nuevos exportadores como para los empresarios que ya tenían vínculos comerciales con otros países.
Aunque aclara Samantha Aguilar, parte del equipo de abogados de la firma Consortium Legal Taboada y Asociados, “La ley demarca claramente cuáles rubros pueden gozar de un crédito fiscal, y por cuánto tiempo”.
La LCT retoma los acápites establecidos en la Ley de Equidad Fiscal (LEF), que se promulgó en el año 2003. En esta se definen los beneficios fiscales para todo aquel productor que se inicia en el mundo de las exportaciones.
Sin embargo, explica Aguilar, la LCT los mejora “ya que establece claramente períodos de vigencia y mecanismos para seguir gozando de estos beneficios tributarios”.
“La LCT establece que los exportadores del país gozarán de un pago tributario de 1.5 por ciento, el cual estará calculado sobre el valor FOB (Free On Board, o Puesto A Bordo) de sus exportaciones, el cual será aplicable al pago que efectúen del Impuesto sobre la Renta (IR)”, detalló Aguilar.
TIEMPO PARA CONSOLIDARSE
En este sentido, la especialista explica que este crédito tributario ha sido estructurado para tener una vigencia máxima de nueve años, y en la LCT se establece exactamente el porcentaje exonerado en cada uno de estos años.
“Este porcentaje (1.5) tendrá una validez seis años, reduciéndose al uno por ciento a partir del séptimo año, en el octavo año baja al 0.5 por ciento y cuando el exportador alcanza el noveno año la exoneración llega a cero”.
Este período, según considera la especialista, es el tiempo adecuado para que una empresa nacional pueda consolidarse en el terreno de las exportaciones, y también de esta manera se evita que los créditos fiscales puedan ser mal utilizados o sean sempiternos.
Sin embargo, para gozar de estos beneficios, cada empresa exportadora, debe cumplir con una serie de condiciones establecidas en la nueva ley, y que están enfocadas directamente hacia el libre mercado y los acuerdos de libre comercio que Nicaragua ha suscrito en años recientes.
“Crecimiento de la empresa en lo concerniente a la productividad, implemento de mejoras tecnológicas y fomento del empleo son las disposiciones con las cuales serán evaluados los exportadores que ostentan este beneficio fiscal, o crédito tributario”, explica Aguilar.
Pero además, la especialista menciona que dicho crédito fiscal no es transferible a terceros y que además el no cumplir con estos indicadores es sujeto de sanción para las empresas exportadoras.
NO TODOS APLICAN
A pesar de ello, no todos los sectores exportadores del país gozan de este beneficio, ya que la LCT —al igual que anterior Ley de Equidad Fiscal— ha dejado sentado que existen varios rubros que no gozarán de estos beneficios.
“Las empresas bajo el régimen de zona franca, las de minas y canteras, así como las empresas vinculadas a la exportación de chatarra y madera, en primera transformación, son los sectores que no son beneficiados con este crédito fiscal”, debido a que tienen sus propios incentivos, explica.
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