Lucía Navas
Las grandes bondades que el Gobierno, sus sindicatos afines y el gremio empresarial aseguran que recibirá el asalariado con la reforma fiscal consensuada, en la práctica le elevan el peso de la carga de impuestos precisamente al trabajador.
Y es que mientras a las empresas les dejan intactos el sistema de exenciones y exoneraciones y les reducen, es el caso del sector automotriz que le quitan impuestos, en cambio se obliga a pagar tributos directos en cinco alimentos, se grava el negocio de los abarroterías, a los servicios profesionales e incluso se tocan las indemnizaciones salariales de los trabajadores cuando estos son despedidos o renuncian a sus empleos.
Una de las “mentiras” que denuncian los diputados de la Bancada Democrática Nicaragüense (BDN) es respecto a los gastos que permitirán acreditarse al pago del Impuesto sobre la Renta (IR) al asalariado, porque al final le será casi imposible recibirlos de regreso de parte de la Dirección General de Ingresos (DGI).
El dictamen de la propuesta final de la Ley de Concertación Tributaria —al que tuvo acceso LA PRENSA— establece que el techo exento del IR en concepto de rentas del trabajo (ingresos salariales) será de cien mil córdobas por año.
LO QUE BAYARDO ARCENO QUISO DECIR
Gradualmente irá subiendo ese techo cinco mil córdobas por año hasta llegar a los 120 mil córdobas en 2017. Pero el gran beneficio que Bayardo Arce, asesor económico presidencial, vendió la semana pasada al presentar la reforma es que el trabajador podría deducirse gastos personales de Salud, Educación y servicios profesionales; lo que no dijo es que será complicado obtenerlo.

Para comenzar esas deducciones a favor no serán posibles hasta 2014. Además el Gobierno limita el monto monetario al que se tendrá derecho acreditarse al pago del IR. “Se permitirá una deducción soportada con facturas o recibos equivalentes al 25 por ciento”, reza el texto. Y “será hasta por un monto máximo incremental de cinco mil córdobas por año por los siguientes cuatro años, hasta alcanzar un monto de veinte mil córdobas en el año 2017”.
Acevedo analiza que todas las leyes y decretos que otorguen amplios incentivos a los grandes grupos empresariales quedan iguales y solo son a aquellos pocos sectores que no tienen plazos de vigencia claros que se dan dos años para mantenerlos y posterior deberán defenderlos con planes de inversión en producción, empleos y tecnología.
“Además se deja para la discrecionalidad del reglamento de la ley los sectores que serán afectados, y no solo aquellos en que la Ley no establece el plazo para que los sujetos gocen del beneficio”, explica el economista.
La única ventaja que trae la reforma fiscal es que se conocerán quiénes son exonerados y cuánto es exactamente lo que el Estado les beneficia, ya que por Ley se obliga al Ministerio de Hacienda y Crédito Público incluir el detalle en los informes de ejecución presupuestaria a la Asamblea Nacional y a la Contraloría General de la República.
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“Para que se entienda, es pírrico el monto que se tendrá derecho a acreditarse el trabajador quien es el que gana un bajo salario en este país”, afirmó Eliseo Núñez Morales, diputado de la BDN y miembro de la Comisión Económica de la Asamblea.
OTRA TRAMPA ENLA REFORMA FISCAL
Núñez Morales identifica otro “engaño” y es que el mecanismo es complicado ya que la DGI no devolverá en dinero los gastos en IR que tenga derecho el asalariado, “sino que entregará una Nota de Crédito, es decir, un papel, que no podrá ser transferido ni negociar con nadie”.
“Es una gran trampa porque la DGI nunca devuelve nada. Lo que sucederá es que vos trabajador vas a andar con esa Nota de Crédito que será pagada en un tiempo de más de un año y como todos sabemos que la DGI es ineficiente, ese reembolso jamás lo recibirá el trabajador”, sostiene el legislador.
René Vallecillo, economista y miembro del equipo del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep) que negoció la reforma fiscal, confirma el trámite que obligará “a las empresas a llevar una planilla de devoluciones” porque recaerá sobre ellas el control al final.
Explica que la devolución no será automática vía cheque o a través de la planilla salarial de las empresas, tal y como quita automáticamente la DGI el IR cuando se arquea al finalizar el año fiscal, sino que lo acreditará en el siguiente año fiscal. Vallecillo dice que será el reglamento de nueva Ley Fiscal que aclare los mecanismos de devolución.
SALARIO EXENTO DEL IR NO SERÁ INDEXADO
Para el legislador Núñez hay otro perjuicio, ya que el Gobierno rechazó indexar al salario exento del IR la inflación y la devaluación de la moneda anual. “No es cierto que al final haya mayor poder adquisitivo, por el contrario, tu capacidad de compra se irá reduciendo en la misma forma que ahora”, aclaró.
Otro forma de perjudicar al trabajador formal es que se grava con IR la indemnización salarial cuando sea mayor a cinco salarios. El Código Laboral en su artículo 45 establece que cuando el empleador rescinda el contrato de trabajo por tiempo indeterminado y sin causa justificada, pagará al trabajador una indemnización equivalente a un mes de salario por cada uno de los tres años laborados y 20 días de salario por cada año a partir del cuarto año. Incluso, los trabajadores de confianza tienen derecho a una indemnización equivalente entre dos meses y hasta seis meses de salario.
El Gobierno cobrará a los montos de indemnización mayores a cinco salarios la misma tasa progresiva del 10 y 30 por ciento de IR que aplica actualmente el salario nominal.
También se gravan las dietas que se pagan a los directivos de las empresas con tasas del 12.5 por ciento para los empresas nacionales y 20 por ciento para “los contribuyentes no residentes”. Sin embargo no se aclara si abarca también a los consejos directivos de instituciones públicas como en el Banco Central, la Superintendencia de Bancos y el INSS.
EL PESO EN LOS ALIMENTOS
A la clase media trabajadora se afecta por una doble vía: por la tributación y la del consumo, sostiene el diputado opositor Enrique Sáenz. Recuerda que se grava con Impuesto al Valor Agregado (IVA) a cinco productos de la cesta básica de alta calidad (Ver infografía), pero a la industria, como fabricante de bebidas, se le otorga el beneficio de poder acreditarse ese IVA y por tanto, al final no lo pagará pero sí lo cobrará al consumidor.
Sáenz dice que además se crea una tasa del tres por ciento definitiva del IR sobre sus ingresos brutos a las abarroterías que al comercializar alimentos trasladarán ese impuesto al precio de venta del producto al consumidor.
GOBIERNO VA FUERTE CONTRA PEQUEÑOS PRODUCTORES
Además, a “los pequeños productores agropecuarios, que no transan en Bolsa (de Valores), pagarán una retención del tres por ciento sobre sus ventas, independientemente del monto”. “Eso significa que los pequeños vendedores de leche, de queso, de frijoles y demás, también serán gravados”, dice Sáenz.
A los profesionales que brindan servicios de manera directa como médicos, odontólogos, ingenieros, consultores, ahora en lugar de pagar 10 por ciento de IR pagarán el 15 por ciento, pero se protege al empresario porque su tasa queda fija en 10 por ciento.
APLANADORA
Para hoy fueron citados los diputados de la Comisión Económica para discutir el dictamen a la propuesta final de la Ley de Concertación Tributaria que será aprobada esta semana. Núñez y Sáenz critican que los documentos les fueron entregados el viernes en la noche para no darles suficiente tiempo para revisar los cambios y evitar el debate ante la opinión pública.
(Colaboración de César Úbeda).
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