En el caso de que los padres de los menores fallezcan y el tío o cualquier pariente cercano decida pedir la adopción y no haya una media menor de 15 años entre ellos, será analizado por el Consejo Nacional de Adopción, siempre y cuando tenga la capacidad legal.
La diputada Martha Marina González, afirmó que queda establecido que “la adopción es una institución jurídica, donde el adoptante entra a formar parte de la familia del adoptante”.
Agregó que “la adopción es irrevocable y no puede terminar por acuerdos entre partes”.
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Tania Sirias
Casados, en unión de hecho estable y solteros podrán adoptar, según el nuevo Código de la Familia discutido ayer en la Asamblea Nacional. En el caso de la adopción para los solteros, queda estipulado que solo los nacionales tendrán ese derecho, en cambio los extranjeros deberán presentar una serie de requisitos entre esos ser un matrimonio consolidado.
Otra de las disposiciones establecidas en el Código de la Familia, es que las personas mayores de 55 años no podrán adoptar. La diputada Irma Dávila, presidente de la Comisión de Justicia expresó que la edad es un elemento importante a evaluar, ya que la edad mínima para adoptar es de 24 años, además debe mediar 15 años entre el adoptado y el adoptante.
Entre los requisitos que establece el código para la adopción ya sea en pareja o de soltero deberá contar un una capacidad legal-jurídica, tener 24 años de edad, así como condiciones económicas, sociales y afectivas.
EVITAR EL TRÁFICO DE NIÑOS
“En el caso de los extranjeros deberán presentar un respaldo de la Interpol o de la Policía de su país, además un estudio biosicosocial de ellos en su país, con la firma autorizado de quien lo extiende.
Además se pedirán informes del adoptado hasta que cumpla la mayoría de edad, agregó Dávila. La presidente de la Comisión de Justicia expresó que estas medidas son con el propósito de “evitar el tráfico de niños y la trata de personas”.
“Todas estas medidas se tomaron en cuenta cuando se aprobó la Ley de Adopción, con el fin de evitar el tráfico de órganos y la trata de personas. Pero también hemos ampliado los requisitos, ya que un extranjero debe residir al menos tres años del país de donde viene”, sostuvo Dávila.
Como ejemplo citaron que si una pareja es española, pero vive en Estados Unidos, debe residir al menos tres años en esa nación, para poder solicitar la adopción en Nicaragua.
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