Mabel Calero y Martha Vásquez
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Al respecto, la juez de Distrito Civil, Teresa de Jesús Loáisiga Bustamante, asegura que consultó con la Sala Civil de la CSJ cuál sentencia era válida y le notificaron que no se podía discutir el tema, ya que la Sala Nacional de la Propiedad fue un tribunal que se creó especialmente para conocer los problemas de propiedad.
Loáisiga sostuvo que inicialmente se había separado del caso por injurias del señor Pablo Emilio Parrales, quien en varias ocasiones le dijo que estaba favoreciendo a la familia Rappaccioli.
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Luvy Rappaccioli, una de las propietarias de la hacienda El Paraíso, de donde el martes pasado fue desalojada violentamente por agentes policiales, denunciará hoy el caso ante el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh).
Dijo que producto de la violencia utilizada resultó con moretones y que fue valorada por el médico forense. Además denunció el caso ante Asuntos Internos de la Policía de Carazo.
Narró que la agarraron bruscamente del cuello y le golpearon el busto izquierdo, donde hace meses le practicaron una operación por cáncer.
El enfrentamiento desproporcionado sucedió el martes pasado entre miembros de la Policía de Diriamba y Rappaccioli. Los oficiales ejecutaron un desalojo para poner en posesión a Pablo Emilio Pérez, el cual fue calificado como ilegal y contradictorio a toda norma jurídica, ya que pretenden ejecutar una sentencia años después de que fue emitida otra de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.
La orden de desalojo en la hacienda ubicada en el kilómetro 39, carretera a Diriamba, estaba pendiente desde febrero de este año, ya que la familia Rappaccioli fue notificada de que se haría entrega de las 10 manzanas de tierra a Pérez.
Según Sonia Saravia Gutiérrez, apoderada general judicial de la sociedad Vicente Rappaccioli hermanos y Cía. Limitada, este proceso es anómalo y antijurídico porque la Corte Suprema de Justicia ya falló a favor de sus representados en el 2002 y la sentencia que pretenden ejecutar fue emitida en el 2006 por la extinta Sala Nacional de la Propiedad.
Dijo que una sentencia de la Corte está sobre cualquier tribunal inferior. “Esa sentencia no puede ni debe ejecutarse, porque sería un acto antijurídico”, recalcó.
COMPRÓ DE MALA FE
“Pablo Emilio Pérez adquiere un lote de terreno en El Paraíso, propiedad de mi representada, cuando ya estaba entablada la demanda en contra del señor Donald Cordero Landero, quien supuestamente le vendió a él, la demanda se anotó en el Registro de la Propiedad Inmueble de Carazo en el mes de octubre del año 1994, por lo que nunca existieron compradores de buena fe”, explicó Saravia.
De acuerdo con la abogada, el 25 de abril del 2002 la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia dictó resolución y mandó a cancelar todos los asientos registrales y a inscribir a favor de la familia Rappaccioli la propiedad, restituyéndoles el derecho, ya que habían sido confiscados sin el procedimiento debido.
El señor Pablo Emilio Pérez negó la versión de la familia Rappaccioli y aseguró que tiene toda la documentación para demostrarlo.
“Si se le da validez a la resolución de la extinta Sala de la Propiedad sería desconocer la Institución de la Cosa Juzgada y del Juicio Fenecido, y sería también violatoria al Principio de Legalidad y al Derecho de Propiedad”, recalcó la abogada Saravia.
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