Por Elízabeth Romero
El especialista en temas de Defensa y Seguridad, Roberto Cajina, no le encuentra «sentido» a que el gobierno inconstitucional de Daniel Ortega se proponga nombrar a un ministro de Defensa, cuando la institución ya «funcionó» sin esa figura durante su primer período.
Cajina es del criterio que de contemplarse esta posibilidad, como se ha rumorado, primero es necesario reformar la Ley 612, que reformó la Ley 290 y donde se le quitó una cantidad de funciones a ese Ministerio y lo dejó como «un adorno democrático».
Mencionó como funciones que deben restituirse: el tema de la formulación de las políticas de defensa, lo que corresponde a presupuesto de defensa, lo correspondiente a Inteligencia y a Defensa Civil.
Javier Carrión, exjefe del Ejército de Nicaragua, al referirse al posible nombramiento como ministro de Defensa.
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Esto porque, según dijo, con las reformas introdujo una función nueva a ese ministerio que es sobre el desminado humanitario, aunque desde hace algunos años Nicaragua estaba casi libre de minas.
«Hay una función nueva para el Ministerio que no tiene la más mínima posibilidad de ser aplicada», indicó Cajina, tras señalar que «esa función es otro adorno».
Es más, Cajina analizó que actualmente «hay una realidad (y es ) que la Ley 290 y la Ley 181 que es el llamado Código Militar… establecen que en Nicaragua hay cadena de mando simple que es presidente de la República, como jefe supremo y el comandante en jefe del Ejército de Nicaragua. «El ministro de Defensa no es intermediario» entre ambos, o sea «no está en la línea de mando entre la Presidencia de la República y el Ejército», sostuvo Cajina.
Para Yassir Chavarría, funcionario del Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicas (Ieepp), una probable restitución del cargo de un titular en el Ministerio de Defensa sería positiva porque «reposicionaría» al Ministerio de Defensa como la institución responsable de la rectoría del sector Defensa.
Sin embargo, para el funcionario del Ieepp la pregunta que debe hacerse sobre esto es más bien «¿para qué nombrar a un ministro de Defensa?» A criterio de Chavarría, a largo plazo debe fortalecerse esa institución.
Y aunque comentó que ese organismo «prefiere no hablar en base a especulaciones», señaló que es importante que haya una figura central en la dirección de ese Ministerio.
Chavarría apuntó que la Ley de Defensa Nacional manda que esa institución «sea un ente asesor del presidente de la República para dirigir la elaboración o formulación de la política de defensa y promover las políticas que se refieren a las relaciones civiles militares».
Resaltó el funcionario del Ieepp que desde el instituto y también en la región así se maneja, de que no debe nombrarse a un militar en retiro para presidir una institución civil de Defensa, pues sería contradictorio.
(Colaboración Ramón Potosme)
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