Gloria Picón
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Miembros de la Bancada Democrática Nicaragüense (BDN) dijeron que no se oponen a la cuota de 50-50 para la elección de alcaldes y vicealcaldes que garantice la equidad de género en las elecciones municipales, sin embargo afirman que dentro de la reforma en el artículo 34 numeral 9 hay un roce con la Constitución Política, en cuanto a lo que implica el concepto de democracia directa.
“No nos vamos a oponer a la cuota de género, el tema que tiene que ver con la forma de gobierno municipal, se está llevando conceptos de democracia directa cuando la Constitución habla de democracia participativa, pero en la cuota no tenemos ninguna objeción”, dijo Eliseo Núñez Morales.
El diputado Javier Vallejo explicó que la reforma a la Ley de Municipios en el numeral 9 del artículo 34 señala entre las atribuciones del alcalde es “elaborar y presentar al Concejo el presupuesto anual, las reformas y sus modificaciones, hasta ahí vamos bien, pero luego dice con amplia participación de los ciudadanos mediante la aplicación de la democracia directa y el ejercicio del poder ciudadano”, lo cual a criterio de Vallejo tiene un roce constitucional, porque el artículo 2 de la Constitución sobre soberanía nacional señala que “el poder político lo ejerce el pueblo por medio de sus representantes libremente elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto, sin que ninguna otra persona o reunión de personas pueda arrogarse este poder o representación”.
Vallejo afirmó que el concepto de democracia directa implica que la soberanía se presenta en la asamblea de todos los ciudadanos que deciden participar.