Ena Mireya Fuertes Brenes

Los candidatos del PLI

No sabemos hasta donde llegará el CSE, pues cuando se dijo Sébaco va con o sin permiso, dicho Consejo vio la determinación y tuvo que acceder.

Ahora resulta que amenaza con inhibir a los candidatos a diputados por no llenar el requisito de militancia requerida dentro del PLI.

La Ley Electoral es nueva con relación a los estatutos del PLI. Ella misma establece que los estatutos y reglamentos de los partidos políticos están sujetos a la Constitución y a las leyes, (Arto. 61 LE).

El deber de los partidos políticos está establecido en el arto. 63 numeral 7, que literalmente establece: “Responder por las actuaciones que realicen en el marco de las alianzas que constituyan con otros partidos políticos y de las actuaciones específicas que realicen con ellos”.

La alianza le permite al PLI llevar los candidatos que desee, así lo hace el Frente llevando a social demócratas y conservadores, el PLC a los otros conservadores, de acuerdo con el arto 80 LE. El Consejo no tiene que ser abogado del diablo para velar por los candidatos del PLI.

No es facultad del CSE determinar si cumplen o no con los años de militancia. El arto. 78 LE norma el procedimiento que deben seguir los partidos políticos en caso de las alianzas y el arto. 79, es claro al señalar los requisitos de cumplimiento, son los establecidos en el arto. 78 y en ningún numeral le da la facultad que ahora pretenden arrogarse.

Por ello, si la alianza PLI cumplió con lo establecido en el arto.78 LE, el Consejo no tiene nada que argumentar.

Así mismo, el arto. 81 LE establece quiénes no pueden ser inscritos, lo cual no va con los candidatos del PLI, y el arto.85 LE norma el período de inscripción y no va tampoco con los candidatos.

El CSE está en la obligación de hacer prevalecer el párrafo segundo del arto. 48 de nuestra Constitución que literalmente establece:

“Es obligación del Estado eliminar los obstáculos que impidan de hecho la igualdad entre los nicaragüenses y su participación efectiva en la vida política, económica y social del país”.

Sin embargo, si el CSE se preocupa por el PLI, los nicaragüenses le estaremos agradecidos que haga respetar el arto. 182 Cn lo cual establece:

“La Constitución Política es la carta fundamental de la República; las demás leyes están subordinadas a ella. No tendrán valor alguno las leyes, tratados, órdenes o disposiciones que se le opongan o alteren sus disposiciones”.

Que Roberto Rivas trate de hacer cumplir los estatutos internos del FSLN, a ver si va a mantenerse un minuto más en el cargo. Mañana puede decir que se cancelan las cédulas de los militantes del PLI, porque ya no somos nicaragüenses.

Le recomiendo a Rivas que lea: “Los soberbios de corazón serán dispersados y los poderosos serán destronados. Aborrece el Señor a los mentirosos y embusteros”. Salmo 5

¿Qué harán el día que se arreglen cuentas?

Pobres de aquellos que dictan leyes injustas y que ponen por escrito los decretos de la maldad. Isaías, 13:11

Si hoy la soberbia lo absorbe producto de todos los bienes materiales que ha obtenido a costa de los nicaragüenses, no escapará de la justicia divina a la que tendrá que rendirle cuentas.

La autora es licenciada en Ciencias de la Educación.

COMENTARIOS

  1. Edgardo Jose
    Hace 15 años

    Ellos mismos llevaron a Agustin Jarquin y a otros como candidatos del frente, sin ser sandinistas.

  2. denso
    Hace 15 años

    Muy buen articulo SraEna;le acaba de dar una pedrada en la frente al «Goliat» del CSE;pero el problema es que este tipo usa un casco de acero y chalecos antibalas morales;nada de lo que se le diga le hace mella;mas bien al contrario;al que se le acerca,lo corrompe;este es un mensajero del diablo;o sino mire lo que le paso al cardenal;es tan corrupto como el,todos los que le rodean son corruptos,hasta toda su familia es corrupta hoy en dia,hijos,esposa,hermanos y ya no digamos empleados del CSE

  3. J. M. Fajardo C.
    Hace 15 años

    Fueron por lana y saldrán trasquilados.

    El movimiento Vamos con Eduardo (VCE) y el MRS no son partidos con personería jurídica. La ley electoral establece en el arto. 61 que los partidos políticos son personas jurídicas de derecho público que podrán constituirse en alianza arto. 80; pero deberán reunir el requisito del numeral 9 del arto 65; presentar el respaldo del 3% de firmas de ciudadano conforme el padrón electoral y el arto 81 señala que no pueden ser inscritos los que no llene

  4. J. M. Fajardo C.
    Hace 15 años

    Fueron por lana y saldrán trasquilados.

    El movimiento Vamos con Eduardo (VCE) y el MRS no son partidos con personería jurídica. La ley electoral establece en el arto. 61 que los partidos políticos son personas jurídicas de derecho público que podrán constituirse en alianza arto. 80; pero deberán reunir el requisito del numeral 9 del arto 65; presentar el respaldo del 3% de firmas de ciudadano conforme el padrón electoral y el arto 81 señala que no pueden ser inscritos los que no llene

  5. viva nicaragua
    Hace 15 años

    Asi se habla, como he dicho antes, la Casilla 2 va vacia, pues el candidato del FSLN esta inhibido por la constitucion (olvidese de Rivas), La constitucion lo inhibio, Asi es que el que vote en la 2 pierde su voto. El que tenga mas votos, sin contar los de la 2 ( que son nulos), gana las elecciones.

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