Colombia es el gran perdedor en las decisiones del 4/5/2011, en las que la CIJ rechaza que le acompañen sus aliados. Colombia se queda sola y se derrumba su plan de hacer creer que la región entera le da la razón, a pesar de que ese baluarte de la legalidad regional, la Corte Centroamericana de Justicia, le dijo en nombre de Centroamérica que no es así y que existe un patrimonio que defender solidariamente en la región.
En la decisión 9 a 7, en la que la CIJ rechaza la solicitud de Costa Rica de intervenir en la disputa entre Nicaragua y Colombia encontramos, ya sin sorpresa, que el juez Cançado-Trindade de nacionalidad brasileña, pero “arraigado” en Costa Rica, había votado en minoría a favor del país que lo propuso antes como su Juez ad hoc en el caso relativo al río San Juan de Nicaragua.
En la historia de la CIJ ningún juez ha sido recusado, pero en la historia de la CIJ ningún Juez-ad hoc se había convertido en Juez pleno y, en el 2005 el canciller Tovar, de Costa Rica, tuvo el buen tino de no nombrar un Juez ad-hoc para reponer la “vacante” dejada por el señor Cançado-Trindade. El hecho mismo de que Costa Rica decidió no nombrar un Juez ad-hoc en el 2005, parecería considerar que ya tenía un Juez en la Corte que representaba sus aspiraciones y por eso no era necesario nombrar un Juez ad-hoc.
En el nuevo juicio Costa Rica vs. Nicaragua, en el 2011, el canciller de Costa Rica ni siquiera cubrió las apariencias y nombró un segundo Juez ad-hoc, además del que ya había logrado elegir a la Corte Plena.
En el mapa presentado con propósitos ilustrativos por la Corte, que refleja las pretensiones de Costa Rica, encontramos una razón de su sinrazón en el caso de Harbour Head. Costa Rica pretende que la salida al mar del río San Juan se haga en medio de aguas costarricenses, encerrando a Nicaragua en un balneario. La Corte le dijo ¡NO!
Hora y media más tarde, la Corte decidió por 13 votos contra 2 que Honduras tampoco podía intervenir en el caso, porque la línea punteada que la CIJ dejó en la dirección de la frontera marítima de Nicaragua con Honduras, al Este del meridiano 82, fue para respetar los derechos de terceros y en ese caso Honduras fue parte y no tercero. La sentencia es “cosa juzgada”, el Tratado López-Ramírez es inválido y las disputas territoriales y marítimas con Honduras, gracias a Dios, han sido zanjadas definitivamente.
En este caso el juez Cancado-Trindade votó con la mayoría a favor de la justicia. Resta por leer, y esa información no estaba disponible al momento de escribir esta opinión, donde radica la diferencia para que el juez Cancado-Trindade se pronuncie a favor de Costa Rica en una sentencia y en contra de Honduras en la otra, dado que ambos basaron sus argumentos en sendos tratados firmados con Colombia, en 1977 (Fernández-Facio) y 1986 (López-Ramírez), buscando reelegimitar el meridiano 82, que la Corte destruyó con el fallo del 2007.
Un juez prudente ya se hubiese retirado por hallarse implicado, y este no lo hizo y tampoco Nicaragua lo recusó, pero es importante que no se repitan estas situaciones, dado el récord impecable de la CIJ.
El autor fue Canciller de Nicaragua.
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