Los jubilados usuarios de Gas Natural deben recibir el subsidio del 50 por ciento aplicado al monto total de su factura, a como lo establece el artículo siete de la Ley 720 (Ley del Adulto Mayor), ya que ésta prevalece sobre la Ley 160 (Ley que Concede Beneficios Adicionales a las Personas Jubiladas), según el criterio del diputado José Pallais, presidente de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional.
Pallais manifestó ayer a LA PRENSA que la Ley 720, que es una legislación especial, está por encima de la Ley 160, la cual pasó a ser una ley inferior.
El presidente del Consejo Directivo del Instituto Nicaragüense de Energía (INE) “aclaró” esta semana que con base en la interpretación que hicieron varios diputados de la Asamblea Nacional, este descuento tendrá que hacerse conforme a lo que establece la Ley 160 (Ley que Concede Beneficios Adicionales a las Personas Jubiladas), la que manda a aplicar un descuento a la tarifa energética de los jubilados que tengan un consumo de hasta 150 kilovatios hora mes o menos en sus hogares.
Pallais reconoció que en este caso existen contradicciones entre ambas leyes y que hay diferentes interpretaciones, por lo que se necesita que el plenario de la Asamblea Nacional realice una interpretación auténtica a como lo establece la Ley Orgánica de la Asamblea.
“Al aprobar la Ley del Adulto Mayor se cometieron una serie de imprecisiones que deben ser resueltas y la forma más sana de corregirlas es a través de una interpretación, qué correspondería hacerla a la Asamblea; es más, la misma Comisión Económica debe promoverla”, especificó.
Aplicar el subsidio a los jubilados tal y como lo especifica la Ley 720, significaría que el Gobierno tendría que destinar 500 mil dólares mensuales como subsidio, es decir seis millones de dólares anuales.
Wálmaro Gutiérrez, presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, manifestó recientemente que la Ley 720 no derogaba la Ley 160 y que más bien recogía los aspectos necesarios para garantizar beneficios al adulto mayor, por tanto el descuento en la factura energética debe aplicarse conforme a lo que dicta la Ley 160.
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