La observación electoral es imperativa

En Nicaragua la observación electoral internacional se ha venido practicando desde las elecciones del 25 de febrero de 1990, las cuales se realizaron en el marco de los Acuerdos de Esquipulas II, aprobados por los presidentes centroamericanos en agosto de 1987 y desarrollados en compromisos presidenciales posteriores. Y ahora, cuando se ha quebrantado la institucionalidad democrática del país y después de los escandalosos fraudes en las elecciones nacionales de 2006 y en las municipales de 2008, la observación electoral es imperativa, a fin de que los comicios nacionales del próximo año puedan ser libres, limpios y confiables, y en caso contrario para que el fraude sea denunciado mundialmente y el culpable sancionado de conformidad con las normas democráticas internacionales.

El ideólogo orteguista, Tomás Borge Martínez, ha dicho con brutal franqueza totalitaria que el FSLN hará todo lo que quiera y pagará el precio que sea, con tal de no volver a entregar el poder. En ese todo borgeano se incluye seguramente el fraude electoral, pero eso no significa que sea imposible evitarlo o contrarrestarlo. Lo cierto es que con la vigilancia de una prensa libre, con la observación electoral nacional y extranjera, con una oposición unida y dispuesta a defender como sea el voto popular tanto en las juntas receptoras de votos como en las calles, y con una montaña de votos democráticos volcados sobre las mesas de votaciones, no hay fraude electoral ni represión gubernamental que puedan prevalecer.

Por supuesto que resolver los problemas de Nicaragua es tarea que compete a los mismos nicaragüenses. Sin embargo, que haya observación electoral para vigilar que se respete el voto de los ciudadanos eso depende fundamentalmente de la comunidad democrática internacional, la cual tiene autoridad jurídica, política y moral para exigirle al gobierno de Daniel Ortega que garantice la realización de elecciones libres y transparentes en el país. La comunidad democrática internacional no puede eludir su compromiso de velar por el cumplimiento y el respeto, en Nicaragua y en cualquier otra parte del mundo, de los principios y valores universales de la democracia, entre ellos el sacrosanto derecho del pueblo a elegir a sus gobernantes en elecciones periódicas libres y transparentes.

Cabe recordar al respecto que en un acto solemne que fue celebrado en las Naciones Unidas el 27 de octubre de 2005, más de 20 organizaciones e instituciones internacionales -incluyendo a la misma ONU, así como a la Organización de Estados Americanos (OEA) y al Consejo de Europa-, adoptaron una vigorosa Declaración de Principios para la Observación Internacional de Elecciones. En esa Declaración la comunidad internacional asumió el compromiso de velar por el respeto a los principios de que “las elecciones democráticas auténticas son una expresión de la soberanía, que pertenece al pueblo de un país; (que) la libre expresión de la voluntad del pueblo constituye la base de la autoridad y la legitimidad del gobierno; (y que) los derechos de los ciudadanos a votar y a ser elegidos en elecciones democráticas auténticas celebradas periódicamente son derechos humanos internacionalmente reconocidos”.

En consecuencia con esos principios y valores esenciales, en la mencionada Declaración se consignó que “el logro de elecciones democráticas auténticas ha pasado a ser un tema de incumbencia de las organizaciones internacionales, así como es de incumbencia de las instituciones nacionales, los contendientes políticos, los ciudadanos y sus organizaciones cívicas; (que) la observación internacional de elecciones expresa el interés de la comunidad internacional en el logro de elecciones democráticas, como parte del desarrollo de la democracia, que comprende el respeto de los derechos humanos y el imperio de la ley; ( y que) la observación internacional de elecciones, que centra la atención en los derechos civiles y políticos, forma parte de la supervisión internacional de los derechos humanos y debe llevarse a cabo con el más alto grado de imparcialidad en relación con los contendientes políticos nacionales y debe estar libre de toda clase de consideraciones bilaterales o multilaterales que puedan entrar en conflicto con la imparcialidad”.

De manera que la comunidad internacional tiene suficiente autoridad jurídica, política y moral para exigirle al régimen de Daniel Ortega que cumpla su obligación de garantizar la celebración de elecciones libres y limpias en Nicaragua. Y que, en consecuencia, permita y facilite la observación electoral nacional e internacional. Esto es lo menos que el pueblo nicaragüense puede esperar de la llamada comunidad democrática internacional.

Editorial Opinión observación electoral Ortega archivo
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