Leónidas Tapia Sánchez

Sobre la Trata de Personas

“La Trata de Personas o Trata de Blancas es un delito grave establecido en el Arto: 182 del Código Penal, y básicamente consiste en “reclutar, con su consentimiento o por medio de engaño, a cualquier ser humano para transportarlo a lugares dentro o fuera de su país de origen, con el fin de someterlo a esclavitud, explotación sexual o adopción con el objetivo, de obtener a través de ello lucro económico para el autor”, por lo que este delito es una modalidad de Esclavitud Furtiva Moderna.

La forma más común de realizar este delito es a través del ofrecimiento de trabajos en el extranjero a personas vulnerables o de escasos recursos, sobre todo en países pobres como el nuestro. Por eso la pobreza, los altos índices de desempleo y el analfabetismo son algunas de sus principales causas.

Las víctimas pueden ser personas de ambos sexos, mayores o menores de edad, con una gran vulnerabilidad social (analfabetas, desempleados, indigentes, de escasos recursos económicos etc.). El autor es el que planea su comisión, quien contacta y transporta a la víctima, y el que la recluta y explota. En esta línea delictiva todos obtienen ganancia económica siempre a costa de la víctima quien por lo general no obtiene remuneración.

El delito es de acción pública por lo que es siempre deber de la población, las autoridades, en especial la Policía Nacional y la Fiscalía, de investigar y perseguir personas o lugares sospechosos de la comisión de este delito.

Nicaragua en el año 2009, fue colocada por el Departamento de Estado de los Estados Unidos en una lista negra de 52 países con altos índices del delito de Trata de Personas o Trata de Blancas, quien realizó la investigación sobre el mismo a nivel internacional desde el año 2003. Otros países mencionados en dicha lista son República Dominicana, Venezuela, Filipinas, Guatemala, Tailandia, entre otros. Este delito genera grandes ganancias económicas para los autores detrás del tráfico de armas y de drogas.

En Nicaragua aproximadamente el 70% de la población es pobre, y también un 70% de la población es menor de 30 años, somos un país de población joven, por tal razón se presta para el comercio de personas (niños, niñas, adolescentes) con fines de explotación sexual o laboral sin que las autoridades lo puedan controlar.

La solución tiene que comenzar con un mayor seguimiento al delito de manera firme y beligerante, y elaborando más políticas públicas para su combate y erradicación. Migración, la Policía y el Ejército deben colocar mayor vigilancia en las fronteras marítimas, aéreas y terrestres (en los puntos ciegos) y ser más perspicaces con la emisión y el análisis de documentos migratorios. Los jueces deben también ser más firmes al momento conocer del delito y de dictar sentencia contra los acusados (as).

Alguien que ha sido sometido a este delito, tendrá una lesión psicológica vitalicia (producto del reclutamiento o encierro, y de la violencia intimidatoria o psíquica ejercida por su reclutador), y lesiones físicas producto de las agresiones sexuales que pudo haber sufrido durante su reclusión y explotación, sin tomar en cuenta la exposición que tuvo a enfermedades de transmisión sexual como el Sida, peor aún si la víctima es menor de edad. Por esto tenemos que luchar y combatir la Trata de Personas que la realizan agentes desalmados en busca de su propio lucro y a costa de los demás sin importarles el daño que causan a la familia, a la integridad física, psíquica, moral y salud de las víctimas y a la sociedad en general”

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