“La educación da poder. Es la clave para establecer y fortalecer la democracia y el desarrollo, la cual es tanto sustentable, como humana y basada en la paz hacia un respeto mutuo y justicia social. Además, en un mundo en donde la creatividad y el conocimiento juegan un rol importante, el derecho a la educación no es nada menos que el derecho a participar en el mundo moderno”. (Afirmación de Amman 1996.
Nuestro derecho a la educación como un derecho social, está consagrado en el artículo 58 de la Constitución Política, el cual nos dice: “Los nicaragüenses tienen derecho a la educación y a la cultura”. Este derecho constitucional se preserva en la Ley No. 582, “Ley General de Educación” publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 150 del 3 de agosto de 2006, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pacto Internacional de derechos sociales, económicos y culturales, Convención para la eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer, Convención Internacional para la eliminación de todas las formas de discriminación racial, Convención por los Derechos del Niño, Convención contra la discriminación en educación, compromisos tomados en la cumbre mundial de la Tierra realizada en Río, la Cumbre Mundial para el desarrollo social de Copenhague, la conferencia mundial sobre la mujer de Beijing, y la conferencia hábitat II de Estambul; igualmente, en la síntesis de la Declaración mundial de Educación para todos y la Afirmación de Amman; que conforman el marco fundamental en la tutela de este derecho y enmarcan el conjunto de herramientas que debe utilizarse para demandar su cumplimiento.
El artículo 46 de nuestra Constitución Política establece la vigencia de los derechos contenidos en diversos instrumentos de derechos humanos del sistema universal e interamericano de protección, que reconoce la Educación como un Derecho Humano. Todos los hombres, mujeres, adolescentes, niños y niñas, tienen derecho a la educación, capacitación e información; así como a otros derechos inherentes para la realización plena de su derecho a la educación. Como ciudadanos y ciudadanas nicaragüenses tenemos el derecho de recibir una Educación integral de calidad, sin discriminación y es una obligación del Estado garantizarlo.
El Estado de Nicaragua es responsable de la ejecución y cumplimiento de todos los preceptos en materia de Educación y ha suscrito una serie de compromisos con la comunidad internacional, a través de cumbres regionales y mundiales, con el objeto de propiciar en Nicaragua una Educación para todos y todas durante toda la vida y por esta razón es que debe existir una política de Estado que refleje la responsabilidad de cumplir con el derecho a la Educación.
La falta de recursos económicos no es justificación para dejar de garantizar el derecho a la Educación, ya que es una responsabilidad vital e indelegable del Estado de Nicaragua garantizarla, así lo reafirma el artículo 119 de nuestra Constitución Política, el cual literalmente nos dice: “La educación es función indeclinable del Estado. Corresponde a éste planificarla, dirigirla y organizarla ”
Nuestro derecho a la Educación además de ser un Derecho Constitucional, es un Derecho Humano, que permite formar en los ciudadanos, valores sociales, ambientales, éticos, cívicos, humanísticos y culturales; orientados al fortalecimiento de la identidad nacional y enfocada en el respeto a la dignidad humana.
Para que nuestro país se encauce verdaderamente a la prosperidad como nación y al fortalecimiento de su democracia, muy deteriorada en la actualidad, se hace necesario garantizar plenamente el derecho a la educación de los y las nicaragüenses sin excepción. [email protected]
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