TELECOMUNICACIÓN
Consultor
El desarrollo tecnológico que posibilita la convergencia de servicios necesita de la adaptación del marco regulatorio. El actual presenta barreras para afrontar exitosamente la convergencia, entre ellas las siguientes:
Se regula una diversidad de servicios. Esta fragmentación no se corresponde con la potencialidad de las redes convergentes. Deben desaparecer las limitaciones en la oferta combinada de servicios.
La regulación económica no está acorde con los nuevos modelos de negocio. Los modelos de costos han sido desarrollados para una estructura de redes ya superada. Hay barreras a ofertas de empaquetamientos, el modelo de interconexión está cambiando a interconexión IP y la regulación de precios minoristas no contempla las alternativas tecnológicas para proveer servicios similares.
No se está regulando bajo el principio de neutralidad tecnológica. El fenómeno de la convergencia permite ofrecer un mismo servicio a través de plataformas de acceso diferentes: pares de cobre, redes de cable, redes de energía eléctrica, redes de banda ancha de acceso inalámbrico, pero la regulación actual se aplica sólo a la primera de ellas. Ello permitiría a los reguladores favorecer un entorno competitivo, sobre la base de la competencia entre plataformas alternativas a fin de extender y mejorar la conectividad.
Las diferentes políticas de otorgamiento de títulos habilitantes y la diferente manera en que otros aspectos (como la interconexión) se aplican a los diferentes sectores suponen un obstáculo a la provisión de servicios convergentes.
Las asimetrías regulatorias, tanto entre servicios como entre operadores, incluso en mercados con niveles de competencia similares.
Hay incertidumbre reguladora para la provisión de servicios de VolP. (numeración ENUM: TElephone NUmber Mapping, calidad, obligaciones, derechos de los usuarios).
La regulación de las frecuencias radioeléctricas está basada en la atribución de bandas en tecnologías y servicios. Se requiere flexibilidad para adaptarse a la evolución tecnológica.
La regulación no contempla la provisión de servicios o el soporte de los mismos de manera transfronteriza. Ello repercute de manera directa en los costos, que al final se manifiestan en mayores tarifas para los usuarios. Nicaragua ha suscrito tratados internacionales de libre comercio, cuyos capítulos de telecomunicaciones posibilitan este tipo de prestaciones.
Las iniciativas regulatorias deben adaptarse y dar prioridad a la nueva realidad del sector telecomunicaciones:
REDES Y SERVICIOS CONVERGENTES
Confianza del consumidor: derechos de los usuarios, protección de datos personales, derechos de imagen, protección de menores.
Seguridad en las transacciones, infraestructuras para la identificación digital, identificación del fraude.
Regulación de la competencia acorde con la estructuras de las redes de nueva generación: regulación por capas, desaparición de conceptos como “larga distancia” y una progresiva armonización de la regulación.
Simplificación del régimen de títulos habilitantes, basado en un régimen de autorizaciones para prestar cualquier tipo de servicios de comunicación.
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