Por lo menos 500 millones de dólares en inversiones fomentará la nueva Ley de Desarrollo Costero aprobada unánimemente por la Asamblea Nacional. (LA PRENSA/B. PICADO)

Ley de Costas a la medida de todos los sectores

La aprobación de la nueva Ley de Desarrollo Costero, en la Asamblea Nacional, significa un gran esfuerzo de diferentes sectores con criterios encontrados que, al final, lograron el consenso necesario para aprobarla. Todos cedieron y todos ganaron. Después de casi cinco años el país cuenta con un marco regulatorio que fomentará la inversión turística y […]

  • La aprobación de la nueva Ley de Desarrollo Costero, en la Asamblea Nacional, significa un gran esfuerzo de diferentes sectores con criterios encontrados que, al final, lograron el consenso necesario para aprobarla. Todos cedieron y todos ganaron. Después de casi cinco años el país cuenta con un marco regulatorio que fomentará la inversión turística y regulará el uso y manejo de las costas
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En el caso de los lagos naturales y lagunas cratéricas, la distancia de zona costera quedó en 5 metros hacia tierra firme.

Para el diputado de la Alianza Liberal Nicaragüense, Eliseo Núñez Hernández, esta decisión dejó por fuera a la población que quiera disfrutar de las lagunas, ya que “es injusto que gente que siempre ha gozado del beneficio de ir a la laguna de Apoyo o Masaya no tenga derecho a irse a bañar, porque ustedes van a la laguna de Apoyo y los propietarios de casas han construido hasta la orilla”.

Otro aspecto de la ley tiene que ver con las servidumbres de paso, las que se realizarán, en principio, respetando la propiedad privada y por otro lado garantizando el acceso de la población a las playas públicas.

Unos 500 millones de dólares en inversiones relacionadas directa e indirectamente con la zona costera podrían destrabarse una vez aprobada la ley, según afirmaron diferentes sectores de la empresa privada turística nacional.

Reforma

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Se reforma el artículo 72 de la Ley 217, Ley General del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales; y el artículo 17 de la Ley 311, Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (Ineter), anexándose la Dirección General de Desarrollo de las Zonas Costeras. También el Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (Ineter).

La Asamblea Nacional aprobó por unanimidad la semana pasada la Ley de Desarrollo de Zonas Costeras, superando la enorme división que provocó en los últimos cuatro años la discusión entre la empresa privada y los diputados de la Asamblea Nacional.

La discusión no fue fácil y en las últimas semanas propuestas iban y venían entre las bancadas, y con la empresa privada. El articulado cambiaba en un abrir y cerrar de ojos y las tensiones aumentaban con cada encuentro de la Comisión de Población, Desarrollo y Municipios.

“No hay nada”, decía inicialmente el jefe de la bancada del Partido Liberal Constitucionalista, Ramón González, mientras el presidente de la Comisión, el sandinista Agustín Jarquín, decía que se había avanzado sustancialmente y que ya casi estaba lista.

Desde un inicio, cuando se comenzó a discutir la iniciativa en el año 2005, los choques de intereses fueron serios. La empresa privada consideraba que la ley sería confiscatoria, mientras que los diputados argumentaban la necesidad de ordenar el uso de las costas que cada vez estaban concentrándose en manos privadas. En ese contexto salió a relucir el famoso artículo dos de la Ley Agraria de 1917, que definía como área del Estado los terrenos baldíos hasta dos kilómetros hacia tierra firme.

Después de mucho batallar, la Comisión decidió consignar en el dictamen la derogación del mencionado artículo, así como definir los derechos adquiridos para quienes habían adquirido terrenos en las zonas costeras. No fue fácil.

Con la nueva directiva de la Comisión se reanudó el proyecto de ley y se decidió retomar el famoso artículo dos de la Ley Agraria, que en el dictamen se daba por derogado. Nuevamente comenzaron las tensiones, hasta que finalmente tanto la empresa privada como la Asamblea Nacional y el Gobierno lograron una ley que fue aprobada por unanimidad y que recoge, entre otras cosas, el principio de respeto de los derechos adquiridos para quienes adquirieron y construyeron en terrenos ubicados en la zona costera definida como propiedad del Estado, se deroga, para efectos de las zonas costeras, el artículo dos de la Ley Agraria.

Además se reguló el papel de las alcaldías en el otorgamiento de concesiones. Algo que en la discusión inicial fue motivo de encendidos debates dado que se estaba otorgando demasiado poder a las alcaldías.

SATISFACCIÓN

Tanto el sector privado como los legisladores manifestaron su satisfacción por la nueva ley, ya que consideran que se logró el consenso para aprobarla y sobre todo para dar seguridad a la inversión ya establecida y a la que está por venir.

Leonardo Torres, presidente de la Cámara Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Turística, dijo que si bien había muchos puntos en los que no estaban de acuerdo, en términos generales consideró que se había logrado el consenso; destacó como un logro el hecho de haber incorporado al Consejo Nicaragüense de la Pequeña y Mediana Empresa (Conimipyme) al Consejo.

Por otro lado en toda la ley se dejó claro, y esto fue remarcado por todos los sectores, que los derechos de propiedad se respetarán, según lo expresó el diputado PLC, Ramón González.

En este sentido el presidente de la Comisión de Población, Desarrollo y Municipios de la Asamblea Nacional, el sandinista Agustín Jarquín Anaya, destacó que precisamente la insistencia para que se consignen los derechos de propiedad fue lo que “contribuyó a que fuéramos aprobando las diferentes mociones por consenso”.

Uno de los puntos que más contradicciones causó fue el relativo a la vigencia del artículo dos de la Ley Agraria de 1917 que establecía como propiedad del Estado los predios baldíos desde la Costa hasta dos kilómetros hacia adentro. Un artículo que la empresa privada consideraba como confiscatorio.

Sin embargo se logró una salida salomónica en el que si bien no se deroga totalmente, sí lo hace para efectos de la aplicación de la nueva Ley, consignado en el artículo 63, explicó el diputado de la Bancada Democrática Nicaragüense, Pedro Joaquín Chamorro.

“Esta ley no afecta ni restringe los derechos legalmente adquiridos de propiedad y posesión antes de la entrada en vigencia de ella. Promueve la seguridad jurídica de la inversión, tenencia, uso, goce y usufructo, así como las transacciones y el tráfico de inmobiliario que el ordenamiento jurídico garantiza sobre la base del mandato constitucional del artículo 44.

“En cuanto al dominio y uso de zona costera referida en esta ley, en especial la demarcación de uso público, esta ley es la que debe aplicarse. Cualquier otra disposición anterior que se le oponga o contraiga queda sin efecto en su aplicación”, dice el texto del artículo.

La aprobación de esta ley significó que todas las partes interesadas tuvieron que ceder algo. La oposición y la empresa privada logró anular la ley agraria de 1917 y la bancada oficialista logró que el área de costa pública del Estado fuera de 50 metros desde la marea alta promedio histórica hasta tierra firme y no los 30 que se había discutido largamente.

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