- Invur construirá en el viejo centro de Managua
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La Ley Especial para el Fomento de la Construcción de Vivienda y de Acceso a la Vivienda de Interés Social, dictaminada por la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos de la Asamblea Nacional, facultará al Estado la creación de un Banco Nacional de Tierras.
Dicho banco se obtendrá a partir de las propiedades públicas y de aquellas que las autoridades logren obtener mediante juicios contra personas naturales o jurídicas que no cumplan con el pago de sus impuestos.
El proyecto de ley permitirá al Instituto de la Vivienda Urbana y Rural (Invur) administrar el Banco Nacional de Tierras, que se utilizará exclusivamente para la construcción de casas de interés social, es decir viviendas con dimensiones entre 36 y 60 metros cuadrados, que no superen los 20 mil dólares, y dirigidas a las familias de menores ingresos.
El Banco Nacional de Tierras será conformado por todas las propiedades del Invur, del Estado, de los gobiernos locales o regionales, siempre y cuando no tengan un destino específico y sean aptas para la construcción de viviendas, dice el dictamen.
Tras el terremoto de 1972, el viejo centro de Managua fue declarado de utilidad pública, por lo cual ahora el Invur tendrá la potestad de construir casas de interés social en las zonas que no estén urbanizadas.
Hasta ahora se desconocen los pasos que seguirán las autoridades, pues en el viejo centro de Managua existen muchos edificios —destruidos por el terremoto— que están habitados por cientos de familias.
Por otro lado, la ley establece que para crear el Banco de tierras, los gobiernos locales y regionales podrán entablar juicios en contra de todas aquellas personas que tengan muchos años sin pagar los debidos impuestos por sus propiedades.
De ganar las autoridades públicas los juicios, el Estado se agenciaría todas esas propiedades para levantar exclusivamente casas de interés social.
Serán parte del Banco Nacional de Tierras “los bienes inmuebles rústicos que se obtengan como resultado de ejecuciones judiciales o de otro tipo, promovidas por el Estado, así como las daciones en pago de créditos insolutos”, dice el numeral seis del artículo 15 del dictamen de ley.
Además, el Estado tendrá la facultad de revertir los permisos de “uso” de tierras que se otorgó a personas naturales o jurídicas, las cuales deberán demostrar legalmente las inversiones que efectuaron en la propiedad, para que se les devuelva el dinero invertido.
“Los bienes inmuebles rústicos propiedad del Estado o aquellos de los municipios que, habiendo sido cedido su uso a particulares, sean éstos personas naturales o jurídicas, se resuelva revertir o desafectar la referida cesión a favor del Invur, para este fin se reconocerá el pago del valor de las mejoras si las hubiere a las personas naturales o jurídicas que hubieren usufructuado el bien, las cuales deberán ser probadas y demostradas judicialmente”, añade el numeral 4 del mismo artículo.
La iniciativa contempla que una misma persona no podrá obtener dos lotes de terreno ni estará en condiciones para rentar, vender, ceder, donar o enajenar el bien.
Además, se faculta al Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (Sinapred) para supervisar las construcciones, con el propósito de que las viviendas cumplan con los requisitos de calidad que establezca el Invur.
POR UNA SOLA VENTANILLA
Asimismo, según la propuesta de ley, se crearía una ventanilla única para gestionar los permisos de construcción.
Alfonso Silva, presidente de la Cámara de Urbanizadores de Nicaragua (Cadur), manifestó que la ventanilla es uno de los aspectos positivos de la propuesta de ley.
“Hasta hoy existía una ventanilla única de la construcción en la Alcaldía de Managua y en Enacal que era simple tramitador de papeles… Ahora lo que estamos planteando es que esas ventanillas únicas estén conformadas prácticamente en todos los municipios del país que tengan más de 20 mil habitantes”, dijo.
La ventanilla estará integrada por funcionarios delegados de instituciones públicas, entre ellas el Invur, que se encargará de coordinar, la Oficina de Urbanismo de la municipalidad, los entes reguladores de los servicios públicos, los ministerios de Salud, Transporte e Infraestructura y el de Ambiente y Recursos Naturales, entre otras instituciones.
CASAS “FINANCIADAS” POR EMPLEADORES
El Capítulo XI del proyecto de ley, explica que también se faculta a los empleados adherirse a un régimen especial de descuento automático de planilla, mediante el cual la institución que otorgó un crédito podrá retirar directamente la mensualidad que corresponde.
De aprobarse la ley tal como está planteado el último anteproyecto, el empleado podrá solicitar el pago adelantado, total o parcial, de la indemnización por antigüedad por los años de servicio.
A criterio de Silva, ese capítulo ha sido mal interpretado, pues “la ley laboral manda a decir que todo empleador tenemos la obligación de hacer lo que se llama una aprovisionamiento, ir acumulando el pasivo laboral… Entonces, si yo tengo el aprovisionamiento hecho, lo que se está diciendo para estimular el mercado, y con lo cual nosotros (Cadur) estamos de acuerdo, es que el trabajador puede decirle: (al empleador) mirá, yo quiero que eso se me adelante para usarlo como prima o como pago de una vivienda”.
Sin embargo, el presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep) manifestó que en el caso del sector privado no hay un consenso sobre ese capítulo de la ley.
“Lo que tenemos que evitar es que este tipo de artículos nos venga a provocar desestabilización en la empresa, que las condiciones de los flujos de caja que tienen las empresas son bien difíciles, donde los créditos se están cerrando y donde cada vez va a ser más restringida la liquidez”, dijo Aguerri.
“Es un artículo que definitivamente no tiene posibilidad de parte nuestra en este momento”, sostuvo.
TAMBIÉN FONDO DE HIPOTECAS
El dictamen de ley indica, en su artículo 13, que sin perjuicio de las leyes de la materia, se faculta al Invur a promover entre las instituciones públicas o privadas la creación del Fondo de Hipotecas Aseguradas, con el objetivo de emitir seguros de hipoteca a las familias nicaragüenses.
Esto tendría como fin permitir que puedan acceder a créditos hipotecarios para compra, construcción o mejoramiento de viviendas de interés social mediante el resguardo del riesgo crediticio de las entidades financieras; brindando asesoría técnica y financiera a compradores de viviendas, agentes productores de vivienda de interés social.
Se estima que Nicaragua tiene un déficit de 750 mil nuevas viviendas, y hay 150 mil que requieren reconstrucción.
La vivienda de interés social forma parte del patrimonio familiar, cuya naturaleza es de carácter inembargable, inalienable hasta por un plazo de 25 años o su cancelación total.
Las familias que adquieran viviendas sociales no perderán el derecho sobre los bienes inmuebles referidos a causa de deudas que pudieran contraer con terceros, indica el dictamen de la Ley Especial para el Fomento de la Construcción de Vivienda y Acceso a la Vivienda de Interés Social. Aclara que “se exceptúan los compromisos que resulten del otorgamiento de créditos con garantía hipotecaria para la construcción de vivienda nueva”.