- Ministerio del Trabajo (Mitrab) emite acuerdo que incrementa controles a empresas del sector
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Las agencias de empleo privadas que prestan en el país el servicio de intermediación de empleo entre trabajadores y empleadores serán reguladas con mayor fuerza por la Dirección General de Empleo y Salario del Ministerio del Trabajo (Mitrab), según un Acuerdo Ministerial, emitido el pasado 25 de abril por la titular de la institución, Janneth Chávez, quien no brindó declaraciones sobre su normativa.
El acuerdo revocó una medida similar anterior emitido en septiembre del 2005 por el entonces ministro Virgilio Gurdián, durante la administración del ex presidente Enrique Bolaños.
Gurdián indicó a LA PRENSA que el acuerdo emitido en su administración fue consultado con las 30 agencias de empleo en su momento y que cualquier enmienda es posible si se consulta con las partes.
Sin embargo, algunas agencias de empleo consultadas por LA PRENSA indicaron extraoficialmente que desconocen el acuerdo y se negaron a comentar sus reacciones al respecto.
También el presidente de la Comisión de Asuntos Laborales y Gremiales de la Asamblea Nacional y diputado conservador electo en la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN), Alejandro Bolaños Davis, negó conocer la normativa.
“Desconozco la existencia de ese acuerdo, no nos ha llegado una copia a la comisión y no quisiera opinar al respecto. Mañana pediré una copia y entonces podré darte mi opinión”, justificó el legislador.
El Acuerdo Ministerial de Chávez dejó sin efecto el acuerdo anterior de Gurdián.
LA PRENSA comparó ambos documentos y constató que el espíritu de ambos es que “el Ministerio de Trabajo registra, supervisa y regula el funcionamiento de las agencias de empleo privadas para la intermediación del empleo entre trabajadores y empleadores”.
TARIFA PARA CERTIFICACIÓN
Sin embargo, en el nuevo acuerdo ministerial, que entrará en vigencia a partir de su publicación en los medios de comunicación nacionales, fijó un monto para la inscripción o renovación anual del permiso de operación de la agencia.
El acuerdo anterior establecía un pago según una tabla administrativa que se establecería para las agencias jurídicas y naturales.
En ese sentido, la agencia deberá pagar el equivalente al 50 por ciento del salario mínimo vigente para el sector servicio.
Según el último reajuste salarial, que data de marzo del 2006, el salario mínimo para el sector de servicios comunitarios, sociales, domésticos y personales es de 1,240.40 córdobas.
Así las agencias deberán pagar 632.2 córdobas, que equivalen al 50 por ciento de ese salario.
El Acuerdo Ministerial emitido el miércoles pero divulgado ayer, estableció que “las agencias de empleo privadas no podrán prestar servicios consistentes en emplear trabajadores de la propia agencia con el fin de ponerlos a disposición de terceras personas”.
Para su inscripción y certificación, las agencias deberán presentar su acta constitutiva de persona jurídica o cédula de identidad si es persona natural.
Además, la matrícula vigente, domicilio, descripción de sus métodos de selección de personal y montos que cobran al empleador. Todo en un plazo de treinta días.