Experto cree que La Haya será equitativa

Ex agente de Nicaragua en La Haya desmenuza seis argumentos de Honduras que fueron rebatidos [doap_box title=»Unidad en el tema» box_color=»#336699″ class=»archivo-aside»] “Nicaragua nunca ha reconocido esa frontera (paralelo 15) en todos los sucesivos gobiernos, por el contrario, protestó desde que se planteó en 1982. Hay una posición invariable, unitaria, nacional y coherente que indica […]

  • Ex agente de Nicaragua en La Haya desmenuza seis argumentos de Honduras que fueron rebatidos
[doap_box title=»Unidad en el tema» box_color=»#336699″ class=»archivo-aside»]

“Nicaragua nunca ha reconocido esa frontera (paralelo 15) en todos los sucesivos gobiernos, por el contrario, protestó desde que se planteó en 1982. Hay una posición invariable, unitaria, nacional y coherente que indica que la frontera no ha sido delimitada”, señala el experto Mauricio Herdocia.

[/doap_box]

El especialista en derecho internacional y ex agente de Nicaragua en La Haya, Mauricio Herdocia, luego de concluidas las fases de los alegatos hace un balance del juicio en el que destaca que ambas naciones enfrentaron en la Corte tesis que difieren radicalmente.

Sin embargo, a criterio del experto, el fallo de la Corte no podría ser otro, sino uno equitativo que favorezca a ambas naciones.

Según Herdocia, para dos países hermanos, inmersos en un proceso de integración que los hace aliados naturales en sus reivindicaciones de desarrollo sostenible, la aceptación del fallo “honra realmente a ambos países que merecen un destino de confraternidad, amistad y cooperación permanente”.

Alegatos y objeciones

El experto nicaragüense explicó que Honduras usó como corazón de sus alegatos la existencia de una frontera marítima tradicional o de hecho en el paralelo 15, tesis que Nicaragua refutó con una argumentación de mucho peso.

En su balance Herdocia destaca que en 1987 Nicaragua propuso a Honduras negociaciones, las que fueron aceptadas incondicionalmente. Los esfuerzos continuaron en los noventa.

“Si hubiera existido un límite no se habrían planteado estas negociaciones”, explica Herdocia. En este sentido de acuerdo con el experto, la primera conclusión en relación con este alegato es que Nicaragua ha desvanecido la tesis de que hubiese aceptado una frontera tácita, tradicional o de hecho.

Alegato UTI possidetis IURIS

El segundo argumento que alega Honduras es que la frontera está enraizada desde la época colonial en el uti possidetis iuris de 1821. (Expresión latina que indica que en base a derecho se puede seguir en posesión de lo que se ha venido poseyendo).

Al respecto Herdocia asegura que Nicaragua demostró que el principio del utis possidetis iuris es improcedente para aplicarlo a áreas en el mar Caribe, puesto que los conceptos Plataforma Continental y Zona Económica Exclusiva son modernos y surgen de la soberanía sobre las costas bajo la ley aplicable.

El Laudo del Rey

El tercer alegato de Honduras se basa en que el Laudo del Rey de España de 1906 da pie al citado paralelo 15. Herdocia explica que dicho laudo sólo establece una frontera terrestre entre Nicaragua y Honduras que termina en la boca del río Coco en un punto situado en la costa Caribe. “Por consiguiente el laudo tampoco presta ningún fundamento a Honduras para sostener que hay una línea en el paralelo 15”, arguye.

Las “islas” del paralelo 15

El cuarto argumento que Honduras alegó consiste en que hay islas al Norte del paralelo 15 que le pertenecen. Herdocia aclara que no son islas; “realmente son accidentes menores y el utis possidetis no da a Honduras ninguna prueba que le permita sostener la existencia de un título sobre estos islotes cayos y rocas ubicados como parte de la zona en disputa”, indica.

“Tampoco el Laudo del Rey de España dio indicación alguna sobre tales islotes y cayos”, agrega Herdocia.

No hay títulos

El alegato número cinco de Honduras es que ha ejercido presencia efectiva en la zona a manera de datos posesorios, “pero realmente Nicaragua ha demostrado que no hay un título sobre esa área en disputa y que más bien Nicaragua estaba al Norte de la boca del río Coco en la costa Caribe hasta 1963, año en que este país cumple el fallo de la Corte Internacional de Justicia que valida el Laudo del Rey de España de 1906,” refiere el experto.

El tratado Ramírez-López

El sexto argumento de la defensa hondureña en La Haya versa sobre el reconocimiento de terceros Estados.

Herdocia expone que Honduras se ha referido al tratado Ramírez-López, suscrito el 2 de agosto de 1986 y ratificado en 1999, mismo que da pie a la demanda entablada por Nicaragua el 8 de diciembre de 1999.

“Es un tratado suscrito entre terceras partes que no puede afectar a Nicaragua, porque no ha consentido ni ha participado en el mismo, por consiguiente es un acto ajeno completamente a Nicaragua y protestado reiteradamente por esta nación”, razona el jurista.

A criterio de Herdocia lo importante es que la delimitación propuesta por Nicaragua va a romper el candado que Colombia y Honduras negociaron con el Tratado Ramírez López, para imponerle una frontera en el paralelo 15 a cambio de que se le reconociera a Colombia el meridiano 82.

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí