El compromiso del cardenal Obando

El cardenal Miguel Obando y Bravo tiene razón cuando dice que necesita del visto bueno de la Santa Sede para poder aceptar el cargo político que le ha ofrecido el presidente sandinista Daniel Ortega, como presidente del Consejo de Paz y Reconciliación del actual Gobierno.

El canon 671 del Código de Derecho Canónico (CDC de aquí en adelante) es taxativo y categórico: “Un religioso no debe aceptar sin licencia del Superior legítimo cargos u oficios fuera de su propio instituto”. Sin embargo, el Cardenal aceptó de hecho el cargo antes de recibir la debida autorización oficial del Vaticano y aun más, a pesar de que la Conferencia Episcopal de Nicaragua, por medio de su secretario general, monseñor Sócrates René Sándigo, ha dicho que su aceptación “sería catastrófica para la fe de muchos nicaragüenses”. Antes de ofrecer cualquier declaración, Obando debió esperar la resolución de la Santa Sede. Y aunque la Conferencia Episcopal no le puede impedir aceptar dicho cargo, de acuerdo con el canon 447 del CDC, ésta, como institución de carácter permanente en Nicaragua, tiene entre otras funciones la de “promover conforme a la norma del derecho, el mayor bien que la Iglesia proporciona a los hombres”.

Esto significa que la Conferencia Episcopal vela porque los clérigos cumplan con el derecho canónico y, además, que sus actuaciones como representantes de la Iglesia “produzcan el mayor bien”. Por lo tanto, si considera que esta decisión del Cardenal no produce el mayor bien, podría presentar un informe de sus conclusiones ante el Vaticano para que el Papa se pronuncie al respecto.

El canon 278 del Código de Derecho Canónico dice en su inciso 3: “Absténganse los clérigos de constituir o participar en asociaciones cuya finalidad o actuación sean incompatibles con las obligaciones propias del estado clerical o puedan ser obstáculo para el cumplimiento diligente de la tarea que les ha sido encomendada por la autoridad competente. Y el 285: (1) “Absténganse los clérigos por completo de todo aquello que desdiga de su estado, según las prescripciones del derecho particular; (2) Los clérigos han de evitar aquellas cosas que, aun no siendo indecorosas, son extrañas al estado clerical”; (3) Les está prohibido a los clérigos aceptar aquellos cargos públicos que llevan consigo participación en el ejercicio de la potestad civil.

Más claro que esto, imposible. Como miembro del Consejo de Paz y Reconciliación del gobierno sandinista, el Cardenal respondería directamente ante el presidente Ortega. El suyo sería un cargo público y participaría en el ejercicio de la potestad civil y todo esto contraviene el Código de Derecho Canónico. Y no es que ayudar a la reconciliación nacional sea malo sino que Obando podría ser más efectivo desde su investidura clerical para contribuir a la paz y la reconciliación sin tener que mezclarse en las telarañas de la política y prestarse a la manipulación de quienes siempre han visto la religión como un simple medio para la consecución de un fin.

Si el cardenal Obando acepta trabajar para el gobierno de Ortega, podría perder la confianza de la población y ser percibido como un político más. La Constitución Pastoral Gaudium et Spes, en su número 43, dice que “a la conciencia bien formada del laico corresponde lograr que la ley divina quede grabada en la ciudad terrena. De los sacerdotes, los laicos pueden esperar orientación e impulso espiritual. Pero no piensen que sus pastores están siempre en condiciones de poderles dar inmediatamente solución concreta en todas las cuestiones, aun graves, que surjan. No es ésta su misión”. El fundador del cristianismo, Jesucristo, así como sus apóstoles, se negaron a participar de las estructuras del poder político de su tiempo. Esto sería igual si los eventos del primer siglo hubieran ocurrido hoy. “Hay que dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”. Cuando la Iglesia participó en el poder político a partir del emperador Constantino, cometió lamentables desatinos cuyas consecuencias nos alcanzan todavía hoy.

Es insensato desestimar las lecciones de la experiencia. Esto no significa que los clérigos deban permanecer indiferentes a las situaciones de injusticia que se dan en la sociedad, pero sería un error que dejaran sus ministerios para proponer soluciones concretas a los problemas temporales.

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