Anuncian recursos contra Ley Orgánica de AN

Diferentes organismos de la sociedad civil y defensores de los derechos humanos presentarán ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) recursos por inconstitucionalidad a la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional. Dicha normativa legal fue vetada en su totalidad en días pasados por el Presidente de la República, Enrique Bolaños, por considerar que ésta tiene […]

Diferentes organismos de la sociedad civil y defensores de los derechos humanos presentarán ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) recursos por inconstitucionalidad a la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional.

Dicha normativa legal fue vetada en su totalidad en días pasados por el Presidente de la República, Enrique Bolaños, por considerar que ésta tiene roces con la Constitución Política.

Sin embargo, los diputados del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) y del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), en sesión extraordinaria convocada el sábado pasado, luego de clausurado el período legislativo, rechazaron el veto presidencial.

El analista político y directivo del Movimiento por Nicaragua, Carlos Tünnermann, aseguró que un grupo de asesores jurídicos de esta organización está preparando un recurso por insconstitucionalidad para llevarlo ante el Poder Judicial, mismo que será firmado por todos los miembros de esta agrupación cívica.

Por su parte Marcos Carmona, director ejecutivo de la Comisión Permanente de los Derechos Humanos (CPDH), dio a conocer que la posición de esta organización es de rechazo a esta ley, porque algunos artículos se constituyen violatorios a los derechos humanos y van en contra de la Constitución Política de Nicaragua.

“Estamos preparando, al igual que otras organizaciones, un recurso de inconstitucionalidad en cuanto a esta ley, porque efectivamente lesiona la misma Constitución Política y vulnera los derechos humanos de los nicaragüenses”, dijo Carmona a la vez que se refirió al polémico Artículo 52 que ha sido cuestionado por diferentes analistas.

El Artículo 52 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional establece la asistencia de particulares, sean éstos nacionales o extranjeros, a declarar o rendir informes sobre temas de interés para cualquier comisión legislativa, cuando un diputado así lo disponga y de no acudir a este llamado, cualquier persona puede ser acusada por desacato y remitida ante el Ministerio Público.

Diferentes analistas coinciden en que con este artículo los diputados se toman atribuciones que no les corresponden, además de que un estatuto interno de un poder del Estado no puede tipificar delitos.

ALN abogarápor reformas

En tanto la diputada electa de la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN), María Eugenia Sequeira, dijo que no confía en que un recurso por inconstitucionalidad proceda favorablemente en la Corte Suprema de Justicia y que lo mejor es luchar por introducir reformas a los artículos considerados inconstitucionales.

Sin embargo, no descartó que su bancada podría también introducir un recurso.

Por otra parte, Tünnermann recalcó que un estatuto orgánico es para establecer las normas dentro de una institución, en este caso el Poder Legislativo, y por lo tanto no alcanza categoría de Ley Ordinaria, porque una ley ordinaria se aplica a todos los ciudadanos.

En este sentido recordó que en 1992 la Corte Suprema de Justicia, a través de una sentencia, declaró como inconstitucional algunos artículos del estatuto del Poder Legislativo, y en esta sentencia se deja claro también que el estatuto de la Asamblea Nacional no tiene categoría de ley.

La polémica ley entrará en vigencia una vez publicada en el diario oficial La Gaceta o en cualquier medio de comunicación escrito, según Tünnermann, a partir de entonces, hay un período de 60 días para introducir los recursos por inconstitucionalidad.

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