En estricto sentido de derecho y justicia, la empresa distribuidora de energía eléctrica —Unión Fenosa— está obligada a compensar a sus clientes por los cortes del servicio que durante los últimos meses han venido ocurriendo con fastidiosa y perjudicial continuidad. Y por lo tanto, es correcta la disposición del Instituto Nicaragüense de Energía (INE), de obligar a Unión Fenosa a hacer descuentos en las facturas de los usuarios por la electricidad que no les ha proporcionado.
Según el INE, que como se sabe es el ente estatal regulador del sector energético, “estos descuentos deben reflejarse en las facturas de los usuarios en los meses de agosto y septiembre próximo, de acuerdo a lo establecido en la Normativa de Calidad del Servicio Eléctrico” (LA PRENSA, miércoles 5 de julio, 2006). Sin embargo, es necesario puntualizar que esos descuentos no compensan los graves daños que han sufrido y siguen sufriendo los usuarios por los frecuentes cortes de energía eléctrica.
Respecto a la magnitud de las pérdidas domésticas y en los sectores productivos, causadas por los cortes de energía, no se conocen cifras. Lo único claro es que el monto de las facturas sigue igual e inclusive ha aumentado, a pesar de los cortes del servicio, cuando lo lógico sería que por el menor consumo los usuarios paguen menos dinero.
Por otro lado, al indebido cobro por energía no suministrada hay que sumar las grandes pérdidas que sufren toda clase de negocios, desde las pequeñas pulperías de barrios a las que se les arruinan muchos productos perecederos por falta de refrigeración, hasta las grandes empresas comerciales e industriales, pues a pesar de que muchas de ellas tienen plantas eléctricas para emergencias, la falta de la energía regular les causa daños y perjuicios irreparables.
Unión Fenosa, por su parte ha rechazado la disposición del INE sobre el descuento en las facturas de los usuarios, argumentando que no es por su culpa que se hacen los cortes de energía, sino porque las empresas generadoras no la abastecen con electricidad suficiente.
Aparentemente tiene razón Unión Fenosa. Esta empresa no es la encargada de generar la fuerza eléctrica, sólo de distribuirla y por lo tanto la culpa por la falta de energía es de las compañías generadoras. Pero la relación de los usuarios no es con las generadoras, sino con la distribuidora. De manera que es Unión Fenosa la que debe responder ante sus clientes o usuarios, y nos las empresas productoras de energía.
Por otra parte, las empresas generadoras con quien tienen compromiso es con la compañía distribuidora, o sea con Unión Fenosa. Y en consecuencia es a las empresas generadoras que Unión Fenosa debería cobrarles por el daño que le causan al no generar suficiente energía. Sin embargo Unión Fenosa prefiere escoger el camino fácil de descargar el daño económico en los usuarios, quienes además se ven obligados a subvencionar por medio de las altas tarifas, la energía que es robada mediante las conexiones ilegales.
El servicio de electricidad es de carácter público, pero no es una graciosa concesión de nadie a los consumidores domésticos y comerciales. La relación de las empresas generadoras con Unión Fenosa y de ésta con los usuarios es de naturaleza comercial: los usuarios compran un servicio a Unión Fenosa y ésta tiene el deber de proveerlo de manera continua, eficiente y de acuerdo con los términos tarifarios establecidos en los contratos respectivos. Además, si la falta de electricidad no se debe a incapacidad de las empresas generadoras sino a razones de orden estructural y natural, tampoco en este caso los usuarios tienen porqué pagar por las dificultades de quienes para bien o para mal se involucraron en el negocio de la energía.
Aún en el caso de que el servicio de electricidad fuese estatal y las tarifas para el público subsidiadas, los usuarios tendrían derecho a reclamar indemnización por los daños y perjuicios que les causan los cortes de energía, lo mismo que el descuento en las facturas por la energía no recibida debido a los apagones. Y con mayor razón las empresas generadoras y distribuidoras, que son de interés privado y de naturaleza estrictamente comercial, están obligadas a responder a sus respectivos clientes o usuarios por la insuficiente generación de energía y por los constantes y dañinos cortes de electricidad.