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El aborto una vez más
El tema del aborto ha vuelto a ocupar los titulares de los periódicos norteamericanos. Esta semana, legisladores del Estado de Dakota del Sur aprobaron por mayoría de 23 contra 12, un proyecto de ley que prohíbe el aborto en ese Estado en los mismos términos que antes del fallo de la Corte en el caso Roe vs. Wade en 1973, es decir, la prohibición de todo tipo de aborto excepto el que se hace para salvar la vida de la madre. Para los defensores del aborto esto representaría un retroceso en lo relativo al derecho de privacidad de las mujeres y amenazan con dar una batalla legal si el proyecto de ley es finalmente ejecutado. Para que esto ocurra se necesita la firma del gobernador Mike Rounds, quien se opone al aborto. Se presume que los legisladores de Dakota del Sur quieren aprovechar la reciente recomposición de la Corte Suprema de los EE.UU. —ahora con John G. Roberts Jr. y Samuel A. Alito— y el posible retiro del juez John Paul Stevens para revertir el fallo de 1973. En 1970, Jane Roe, una mujer de Dallas interpuso acción federal contra el abogado de Distrito de su Condado para que le permitieran abortar a su bebé alegando que, además de no estar casada, tampoco se sentía en capacidad económica o emocional para atender debidamente a un recién nacido. Jane Roe dijo que la legislación tejana atentaba contra su derecho de privacidad personal garantizado por la primera, cuarta, quinta, novena, undécima y décimo cuarta enmiendas constitucionales porque ella tenía el derecho absoluto de terminar su preñez en el tiempo, por los medios y por las razones que ella escogiera.
La Corte falló a favor de Jane Roe pero calificó su sentencia de la siguiente manera. Dijo que (a) para el período anterior hasta aproximadamente el final del primer trimestre de embarazo, la decisión del aborto así como su ejecución, debía dejarse totalmente al juicio del médico de la mujer embarazada en consulta con ella; (b) para el período subsiguiente al fin del primer trimestre de embarazo, el Estado podía, si así lo deseaba, regular el procedimiento del aborto en formas razonablemente relacionadas con la salud maternal y (c) para el período subsiguiente a la viabilidad del feto (aproximadamente a partir del séptimo mes de embarazo), el Estado podía, también si así lo consideraba conveniente, regular y hasta prohibir el aborto, excepto cuando éste fuera necesario para preservar la vida o la salud de la madre. En resumen, ni Texas ni ningún otro Estado podían de ahí en adelante prohibir el aborto hasta después de más o menos los siete meses de embarazo cuando el bebé alcanza la madurez mínima necesaria para vivir fuera del útero.
La Corte basó su decisión en la naturaleza relativamente reciente de la legislación antiaborto (segunda mitad del siglo XIX); en la ausencia de derechos de un non nato que ni siquiera es viable y que, por lo tanto, no puede tener los derechos a los que se refiere la décima cuarta enmienda constitucional y, finalmente en el derecho a la privacidad personal incluido en dicha enmienda, el cual según la Corte, es suficientemente amplio para incluir el derecho de una mujer a abortar. La Corte equiparó este derecho a otros como el de casarse, de divorciarse, de tener hijos o no, etc. en los cuales el Estado no debe entrometerse.
Conceder el derecho a abortar por cualquier causa y prácticamente en cualquier período del embarazo fue una decisión lamentable del supremo tribunal norteamericano, que, además, dejó un sabor amargo en una gran cantidad de ciudadanos que consideran tal acción como un homicidio, sobre todo cuando se realiza simplemente por la comodidad de madres irresponsables. Destruir fortuitamente una vida no puede ser bueno aunque el nacimiento de un niño sea problemático. Va contra el sentido común y contra los preceptos ético-morales más básicos. Los brutales procedimientos para la destrucción de un bebé en el útero de la madre constituyen un acto de barbarie y la manera más humana de evitar la destrucción de bebés por medio de abortos es educar para una vida sexual responsable y enseñar el valor de la vida y de la relación matrimonial.