¿Quinto “boleteado” hace rato?

Elízabeth [email protected] Roman, Times, serif»> ¿Quinto “boleteado” hace rato? Elízabeth [email protected] El dirigente de la Unión Regional de Cooperativas del Transporte (Urecotraco), Rafael Quinto, aparece en una lista de personas que habrían sido multadas en el año 2004 y aún conducen sin licencia, porque no han pagado la infracción, reveló una fuente policial. La fuente […]

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¿Quinto “boleteado” hace rato?


Elízabeth Romero
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El dirigente de la Unión Regional de Cooperativas del Transporte (Urecotraco), Rafael Quinto, aparece en una lista de personas que habrían sido multadas en el año 2004 y aún conducen sin licencia, porque no han pagado la infracción, reveló una fuente policial.

La fuente dijo que al líder de los buseros lo multaron en septiembre del 2004 por conducir sin el cinturón de seguridad, y su licencia aún está en los archivos policiales.

LA PRENSA consultó a Quinto anoche y él no aceptó ni negó la versión. Respondió: “Vayan mañana a la Policía, a ver si es cierto o no”.

El jefe de la Dirección de Tránsito de la Policía Nacional, comisionado mayor Manuel Roque, dijo que desconocía el caso. “No te sabría decir eso”, respondió cuando le preguntamos si Quinto maneja con una boleta en vez de la licencia, porque debe una multa desde hace más de un año.

“Vos sabés que en este país hay conductores que se arriesgan, unos sin licencia y otros a andar ‘boleteados’, por no pagar la multa”, dijo el jefe policial, quien no descartó que esto se deba a que Quinto cuenta con chofer propio y no necesita conducir vehículo.

PLAZO DE 30 DÍAS

“La ley dice que la multa, si no la pagás en 30 días, la multa en 30 días se duplica… Si te multaron con 200 y no pagás, hay 30 días, pues, debés 400; se supone que vos no debés andar manejando ya con una multa vencida, se supone, pues, pero como aquí hay gente que se arriesga a andar así y, la otra cosa, es la falta de capacidad de la Policía para poder controlar a los conductores en unos casos”, indicó Roque.

Si el regulador de tránsito encuentra a un conductor conduciendo con la boleta vencida, le debe aplicar la boleta roja y le retira la boleta provisional o vencida, recordó Roque.

En el inciso “c” del artículo 53 de las normas administrativas complementarias de la Ley 431, se establece que “se le ocupará la licencia provisional vencida (boleta) y se le entregará una licencia de conducir provisional de 24 horas, que es la boleta roja, recogiendo en la misma la(s) multa(s) anterior(es), y se le aplicará la multa correspondiente por conducir con documento vencido y además se le impondrá la nueva multa si corresponde al caso”.

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