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El salario de jueces y magistrados

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El salario de jueces y magistrados





En días pasados, los trabajadores de los juzgados de Managua se unieron a otros sectores en demanda de un reajuste salarial de un veinte por ciento, lo cual vuelve a poner en discusión no sólo el tema de los salarios en el Poder Judicial sino también en otros sectores como los de los médicos y maestros. No hay duda que las demandas de médicos y maestros son justas, pero cuando los jueces protestan por lo que ganan, no se puede evitar levantar las cejas.

La falta de legislación sobre materia salarial es una causa importante del desorden que se crea cada año en Nicaragua y que provoca huelgas y reclamos. De acuerdo a la Constitución Política, el presupuesto anual del Poder Judicial es “no menor del 4 por ciento del Presupuesto General de la República”. Este año dicho presupuesto anda por los 25 mil millones de córdobas, es decir que a la Corte Suprema le corresponden unos mil millones.

Los magistrados se han recetado un salario equivalente a seis mil dólares mensuales, pero este sube en una magnitud no precisada por las diversas prerrogativas que complementan el sueldo nominal.

¿Sobre qué base se han aplicado dicho salario? No lo sabemos. La Ley de Carrera Judicial dice que el salario de los funcionarios judiciales debe tomar en cuenta la dignidad del cargo, pero ¿a cuántos dígitos equivale esa dignidad? Los magistrados del Tribunal de Apelaciones (con un salario fijo de entre dos mil y dos mil quinientos dólares) y los jueces de Distrito (cuyo salario se estima entre mil quinientos y dos mil dólares) siempre se han quejado de que los magistrados del supremo tribunal les han marginado desde el punto de vista salarial y califican el trabajo de aquellos como burocrático. Sin embargo, el salario que ellos devengan es alto si se considera la situación económica del país. Además, los jueces tienen, por ley, facultades que les permiten ingresos adicionales a su salario. Lamentablemente es en este ámbito donde los jueces caen en muchos actos de corrupción, pues no hay manera de controlar sus actuaciones y el que tiene para pagar consigue lo que quiere.

Uno de los trámites preferidos de los jueces de distrito es el embargo, especialmente cuando se trata de instituciones grandes como bancos o empresas porque se presta para coimas y otras ilegalidades. Algunos de ellos consiguen más dinero de esta forma que a través de su salario.

De acuerdo al artículo 84 de la ley 260 (Ley Orgánica del Poder Judicial de la República de Nicaragua) le corresponde a la Corte Suprema en pleno apoyar el proyecto de Presupuesto y, según el artículo 85, el Presidente de la CSJ es responsable de la debida utilización de la partida presupuestaria. En otras palabras, el Presidente del supremo tribunal sí puede elevar el salario de los jueces y de otros trabajadores del Poder Judicial. Pero ¿cómo se justificaría tal aumento y basado en qué parámetros?

Algunos justifican el alto monto del salario de los funcionarios judiciales diciendo que de esta manera se evita la corrupción. Pero la experiencia demuestra que la corrupción es, por un lado, un asunto de carácter, y por otro lado, resultado de una legislación ineficiente e insuficiente. La misma Ley 260 en su artículo 162 establece que la Corte Suprema determinará las remuneraciones de los funcionarios de ese poder del Estado de acuerdo con el Escalafón de la Carrera Judicial. Este escalafón divide a los funcionarios en clases y categorías y dice que “a cada categoría corresponderá una escala de salarios dentro de la cual se promoverá al funcionario”. Sin embargo, debido a la partidarización del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial no ha sido aprobada y por tal razón no se cuenta con una asidero legal para regular los salarios.

Se conoce muy bien que el sistema judicial de Nicaragua está partidarizado y —por eso mismo— corrompido. De tal manera que es imperiosamente necesario cambiar la Ley de Carrera Judicial, o al menos se le debe reformar de manera sustantiva, para que pueda servir de marco legal a una administración de justicia independiente, eficaz, creíble y confiable.

Pero lo más importante es que se haga una reorganización total del Poder Judicial, llevar a la administración de justicia a nuevos funcionarios judiciales que sean escogidos estrictamente por sus méritos profesionales, por su independencia de criterio, por su sentido de justicia y por su reconocida honestidad y probidad.

La función de magistrado y juez es en sí misma muy noble y digna. Y primero hay que recuperar esa dignidad para después poder establecer el monto salarial justo de quienes se van a sentar a juzgar imparcialmente el tuyo y el mío.

Editorial
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