El jefe del ejército, omar halleslevens, se reunió con el presidente del parlamento, Eduardo Gómez, quienes comentaron la crisis electoral.

Ipade insta a cumplir a cabalidad la Ley Electoral

Exige que se apliquen los artículos 41 y 116 de esa legislación Gabriel Álvarez desestima “interpretación auténtica”, pero Castro dice que artículos son “transitorios” Ludwin Loáisiga López yLuis Felipe [email protected] Los artículos 41 y 116 de la Ley Electoral, que son objeto de una pugna entre los magistrados sandinistas y liberales del Consejo Supremo Electoral […]

  • Exige que se apliquen los artículos 41 y 116 de esa legislación
  • Gabriel Álvarez desestima “interpretación auténtica”, pero Castro dice que artículos son “transitorios”

Ludwin Loáisiga López yLuis Felipe [email protected]

Los artículos 41 y 116 de la Ley Electoral, que son objeto de una pugna entre los magistrados sandinistas y liberales del Consejo Supremo Electoral (CSE), deben implementarse obligatoriamente en los comicios que se realizarán este año, consideró la organización cívica Instituto Para el Desarrollo y la Democracia (Ipade).

A través de un comunicado, el Ipade indicó que los magistrados del CSE “conspiran” en contra del funcionamiento de ese Poder del Estado.

El Ipade indicó que se debe aplicar ambos artículos, “considerando las limitaciones técnicas del mismo sistema electoral, para garantizar el ejercicio del voto de un sector importante de los electores, que por deficiencias de cedulación, inconsistencias de partidas de nacimiento y de gestión de los ciudadanos (cambios de dirección no reportados), éstos no se encuentran incorporados en el padrón electoral”.

El CSE, de acuerdo al Ipade, debe garantizar el ejercicio del voto a aquellas personas que posean cédula de identidad o documento supletorio, cuando demuestren que residen en la circunscripción de la Junta Receptora de Votos a la cual acudan, tal como dice la ley.

Los magistrados sandinistas y Roberto Rivas, presidente del CSE, impulsan la no aplicación de los artículos 41 y 116, numeral tres, de la Ley Electoral. Mientras, los magistrados liberales rechazan tal posición.

El enfrentamiento mantiene al CSE sin sesiones ordinarias.

“Los señalamientos de un sector de magistrados del CSE, que descalifican y deslegitiman las actuaciones del resto, confirma que las actuaciones partidarizadas dentro de este Poder del Estado, conspiran contra su funcionamiento e imparcialidad”, sostuvo el Ipade.

La exigencia del Ipade, para que se apliquen los artículos 41 y 116 de la Ley Electoral, se fundamenta en que una importante cantidad de cédulas no contienen la dirección actual de los ciudadanos que las poseen y para el día de las elecciones se corre el riesgo de “exclusiones o inclusiones masivas de electores con el desorden, impugnaciones y alteración del clima electoral”.

En las municipales del 2004, el Poder Electoral dejó de aplicar tales artículos de la Ley Electoral, lo que provocó que miles de ciudadanos deambularan de junta en junta, buscando dónde votar, cual ‘ratón loco’. Muchos no pudieron hacerlo.

En tanto, el presidente del parlamento, Eduardo Gómez, se declaró preocupado por la situación que atraviesa el CSE.

Por su parte, el jefe del Ejército de Nicaragua, Omar Halleslevens Acevedo, manifestó que el impasse “se debe” resolver antes de las elecciones regionales de marzo próximo.

El jefe militar dijo confiar que la crisis se resolvería a tiempo para garantizar los comicios, en los que, desde ya colaboran en su organización.

LEY ES CLARA

Por su parte, el experto en Derecho Constitucional, Gabriel Álvarez, se pronunció en contra de una interpretación auténtica a los artículos 41 y 116 de la Ley Electoral, tal como lo solicitaron ayer algunos diputados.

«Eso no amerita ninguna interpretación auténtica, la interpretación auténtica se hace cuando hay un contenido más o menos oscuro, polémico, pero aquí está todo clarísimo», dijo Álvarez.

El especialista agregó que está «alejado de la realidad» la teoría de que ambos artículos son transitorios en la Ley Electoral. «Lo que importa en Derecho es lo que al final quedó en la ley plasmado y la ley dice clarito, no lo dice expresamente, pero en la ley no resulta en una medida transitoria», sostuvo.

Añadió que es «innecesaria» y «una trampa política» una interpretación auténtica a los dos artículos de la Ley Electoral, que en el parlamento necesitaría del voto calificado de 56 diputados para ser aprobada.

El diputado Edwin Castro, representante legal del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), estimó que el artículo 41 y el artículo 116, numeral 3, de la Ley Electoral, son artículos «transitorios» que no tienen razón de ser en la actualidad.

Castro, quien dijo ser «co-autor» de la reforma a la Ley Electoral que incluyó esos dos artículos mientras se daba la cedulación en varios municipios, pero a su entender, ahora no son necesarios.

DERECHO AL VOTO

“Cualquier orientación del Consejo Supremo Electoral que limite o impida el derecho ciudadano de ejercer el sufragio, representa una grave violación a los derechos políticos que la Constitución establece y deslegitimará los resultados de cualquier proceso electoral”, dice un comunicado oficial del Ipade.

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