¿Quién representa a los contribuyentes?

Gustavo Adolfo Ocón

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¿Quién representa a los contribuyentes?


Gustavo Adolfo Ocón




Durante los últimos días he sentido la inquietud de escribir un artículo de opinión, en el cual pretendía felicitar a la administración del ingeniero Enrique Bolaños por propiciar la aprobación de dos importantes normas impositivas: la Ley de Equidad Fiscal en mayo del año 2003, la cual condensó en un solo cuerpo legal los principales tributos de carácter nacional administrados por la DGI, y que resulta ser una ley moderna, armonizada con la mayoría de ordenamientos tributarios en el mundo; y por otro lado, la aprobación del Código Tributario, una deuda que estaba pendiente desde hace quince años y que finalmente fue saldada, para variar, debido a presión de los organismos financieros internacionales.

El Código Tributario posee una importancia vital para nuestro país, en él se condensan los derechos y deberes tanto de la Administración Tributaria como de los contribuyentes, definiendo por ende la posición de cada uno frente al otro y posibilitando la efectiva defensa de los derechos del sujeto pasivo de la relación tributaria. No obstante, a tan sólo un mes y unos pocos días de su aprobación en la Asamblea Nacional, ya se pretende reformar el contenido del mismo para “darle mayor fuerza coercitiva a la DGI y que ejerza con mayor efectividad su misión de recaudar”.

El Gobierno con el apoyo de las autodenominadas “bancadas democráticas” del parlamento, pretenden trastocar los derechos del contribuyente para fortalecer a una institución que, desde siempre, ha gozado de facultades extremas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Por mi parte, desde ya considero desproporcionado que a dicha institución se le faculte para aplicar multas que, en virtud del Código Tributario son incluso dolarizadas; que además está facultada para intervenir y clausurar negocios y hasta llevarnos ante los juzgados penales por los delitos de defraudación fiscal y estafa. Sumado a esto, el Código Tributario contempla la vía del juicio ejecutivo para el cobro de deudas tributarias, un juicio nefasto para el contribuyente, pues la DGI queda facultada para emitir el título ejecutivo en que se determina el monto de la obligación, para elegir los bienes que serán embargados e incluso se establece que el embargo de bienes inmuebles “se practicará con sólo la inscripción del mandamiento judicial en el respectivo registro de la propiedad, sin necesidad de captura material”. Surge entonces la pregunta: ¿Necesita la DGI mayor fuerza coercitiva?

El diputado Wilfredo Navarro señalaba que una de las medidas que contempla la reforma al Código Tributario es el establecimiento de una fianza como condición para hacer uso de los medios de impugnación (recursos tributarios), cuyo objetivo es garantizar el cumplimiento de la obligación tributaria. Esta disposición ya estaba contenida en el artículo 10 de la Legislación Tributaria Común, en el artículo 10 de la Ley Creadora de la DGI y en el artículo 29 de la Ley Creadora de la DGA y de reforma a la Ley Creadora de la DGI. Vale decir que las referidas disposiciones fueron declaradas inconstitucionales para el caso concreto, mediante Sentencia de la Corte Suprema de Justicia No. 177 del 30 de junio del 2003, pues nuestro máximo tribunal consideró que las mismas violaban el principio de gratuidad de la justicia, el derecho de defensa, el libre acceso a los tribunales y el derecho de doble instancia, de modo que no tiene ningún sentido revivir semejante imposición al contribuyente, sobre todo porque ya hay un criterio de la Corte Suprema en contra del mismo.

De modo que, después de haber dado un importante avance al aprobar el Código Tributario (que se supone traería certeza jurídica a los contribuyentes), los diputados de las bancadas democráticas pretenden realizar estas reformas a esta novel norma, incurriendo una vez más en el gran error que tanto ha alejado a los inversionistas: el alterar las reglas del juego, y peor aún, en detrimento de los derechos de los contribuyentes.

Los empresarios quieren reglas del juego claras, y sobre todo que no les cambien esas reglas a cada momento, como es nuestra triste costumbre; ya basta de tropezar con la misma piedra. Señores diputados, no es nada democrático legislar en contra de su pueblo por presiones de extranjeros. ¡No a las reformas al Código Tributario! Se les viene encima una lluvia de recursos por Inconstitucionalidad.

El autor es coordinador del Área Legal del Centro de Estudios Tributarios, Administrativos y Empresariales, CETAE. Managua.

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