Gerardo Rodríguez.

TAM rechaza recurso en caso Cementera

Jorge Loáisiga [email protected] La Sala Penal Dos del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM) no dio lugar al recurso de reposición de sentencia del caso de la Cementera que solicitó el abogado de Corporaciones Nacionales del Sector Público (Cornap), Marvin Saúl Castellón Tórrez. La decisión de los magistrados se basa en lo establecido en el […]

Jorge Loáisiga [email protected]

La Sala Penal Dos del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM) no dio lugar al recurso de reposición de sentencia del caso de la Cementera que solicitó el abogado de Corporaciones Nacionales del Sector Público (Cornap), Marvin Saúl Castellón Tórrez.

La decisión de los magistrados se basa en lo establecido en el artículo 504 del Código Procedimiento Civil, que señala que las reposiciones de sentencias en segunda instancia sólo caben para los incidentes, según explicó el magistrado Gerardo Rodríguez.

“Se presentó la Procuraduría con un recurso de reposición, pero ocurre que el artículo 504 del Código de Procedimiento Civil dice que de las sentencias interlocutorias sobre incidentes, que se promuevan durante la segunda instancia podrá pedirse reposición, es decir que la reposición sólo cabe contra un incidente y lo que dictó la Sala fue una sentencia donde declaró nulo un auto”, aseguró el magistrado Rodríguez.

“NO CABE RECURSO”

Castellón presentó el recurso de reposición de la sentencia dictada por el TAM, que manda a un juez a continuar el trámite para el nombramiento de un interventor judicial en la Cementera a favor de la familia Somoza.

“No cabe en absoluto el recurso. Es una sentencia interlocutoria con fuerza definitiva que manda a que el juez tramite el juicio. No hemos ordenado en absoluto nada. Simple y sencillamente dijimos este auto por las razones que dijimos allí es nulo, nada más, pero no hemos dicho haga, promueva, intervenga, meta, nada”, agregó Rodríguez.

“TAMBIÉN RECHAZAN IMPLICANCIA”

El magistrado Rodríguez también dijo que no cabe el recurso de implicancia que introdujo el procurador auxiliar Humberto José Cortez Bustos contra la magistrada Juana Méndez, por haber emitido opiniones, que según el Procurador, defienden los intereses de la familia Somoza.

“No hemos dicho nada del fondo del recurso. Únicamente declaramos nulo un auto, una nulidad procesal adjetiva, no sustantiva. El juicio ni siquiera ha comenzado, ni siquiera ha habido trámite de mediación. Nunca hemos dicho en el Tribunal que los Somoza tomen posesión de la Cementera”, señaló Rodríguez.

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