Gilda E. Tinoco Castillo
La comunicación es un derecho, como lo es la salud, la educación, la cultura, la seguridad, entre otras. Es por ello que los comunicadores y comunicadoras tenemos una gran responsabilidad social para garantizar el acceso a este derecho, el cual se encuentra plasmado en el Arto. 68 de nuestra Constitución Política.
¿Pero cuál es el papel que los medios de comunicación juegan al momento de promover y defender los derechos de los niños, niñas y adolescentes? La difusión de información calificada es un elemento muy relevante para darle respuesta a esta pregunta.
Comúnmente los niños, niñas y adolescentes son noticias en los diversos medios de comunicación cuando son víctimas de violencia intrafamiliar y de todo tipo de delitos sexuales, transgresores de la ley o que se les acusa de hacerlo y/o víctimas de algún desastre natural. La mayoría de estas noticias se limitan a contar el hecho y no profundizan en causas o consecuencias. No presentan la noticia de manera preventiva o educativa, sino con un sentido sensacionalista, explotando las imágenes crudas, exagerando deliberadamente el drama y la tragedia para hacerlo más escandaloso; en muchas ocasiones con el fin de incrementar los rating.
Esto ha provocado que el factor común en las noticias de niñez y adolescencia sea el de la violencia. Jesús Martín Barbero, al respecto, en su libro De los medios a las mediaciones (1897), expresa: “En los últimos años la violencia ha dejado de ser un tema para constituirse en uno de los ingredientes más fuertemente configuradores de nuestras sociedades…”.
El problema no es que se informe sobre determinados hechos, sino que las noticias sólo giren en esa temática (niñez abusada, víctimas o victimarios, etc.), y no se comuniquen otras aristas del cubo. Con esto quiero decir que los niños, niñas y adolescentes también pueden ser noticias por las cosas positivas que hacen (cultura, recreación, participación, promoción de sus derechos, entre otras), y no sólo por las negativas.
Las reglamentaciones están para cumplirse, aunque muchos conductores piensen que con su automóvil pueden hacer lo que quieran. Algo parecido sucede con algunos medios de comunicación, pues aunque existan leyes que los limitan a ciertas acciones, a la hora de transmitir un hecho, se la pasan por alto, como por ejemplo el Arto. 71 del Código de la Niñez y la Adolescencia que cita “Queda prohibido difundir por cualquier medio los nombres, fotografías o señales de identificación que correspondan a niños, niñas y adolescentes que hayan sido sujetos activos o pasivos de infracción penal”. Artículo que en varias ocasiones no se cumple, violentando el derecho a la integridad moral y protección de la intimidad de nuestra niñez y adolescencia.
Se ha dicho que los medios de comunicación tienen el poder de formar construcciones e imágenes sociales colectivas, es pues de vital importancia que éstos den un buen tratamiento a las noticias vinculadas con la niñez y la adolescencia, pues esto incidirá en la forma y relaciones que se establezcan entre el mundo de los adultos y de nuestras niñas, niños y adolescentes.
Pero también cabe recalcar que algunos medios de comunicación han empezado a mostrarse más sensibles respecto a la problemática que vive la niñez y la adolescencia, no obstante, falta un mayor dominio sobre los derechos y leyes que protegen a ambos grupos de población.
Comunicación Social y Relaciones Públicas de la PDHH.