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El foro sobre la justicia
Del 14 al 18 de febrero corriente se realizó la Semana de la Independencia Judicial y la Confianza en la Justicia, en Nicaragua, organizado por la Comisión Académica de Derecho, Conader, en el que participaron juristas y académicos de Nicaragua y otros países.
Diferentes universidades fueron sedes de las conferencias, comentarios y debates, en los que se presentaron temas como la administración de justicia en Nicaragua, la necesidad de una justicia confiable, la independencia interna y externa de la función judicial, la carrera judicial y el ejercicio de la judicatura, el acceso a la justicia, la ética, independencia e imparcialidad en la función judicial, los requerimientos y normas necesarias para la existencia de la independencia judicial, entre otros.
Fue muy importante ver durante una semana la forma cómo la academia se hizo cargo de una discusión fundamental para el desarrollo de Nicaragua, y de qué manera el diálogo de altura entre juristas nicaragüenses e invitados tocó aspectos críticos y fundamentales de la administración de justicia en general y de Nicaragua en particular.
El tema de la ética judicial constituye, sin lugar a dudas, uno de los ejes principales sobre los que descansa una correcta administración de justicia. La ética judicial atraviesa de manera transversal todos los demás ejes que constituyeron la agenda del encuentro antes mencionado y que forman un conjunto de temas, imprescindibles para conformar un sistema adecuado de administración de justicia.
En cuanto al principio que hace referencia al imperio de la ley, se reiteró su importancia como base del Estado de Derecho, que tiene como fundamento el principio de legalidad, mediante el cual todos, gobernantes y gobernados, están subordinados a la ley.
En cuanto al funcionario judicial, se expresó que sin perjuicio de la subordinación en que se encuentra en relación a lo que manda la ley, debe, no obstante, superarse el viejo concepto de Montesquieu que considera al juez “la boca de la ley”. Una interpretación restrictiva en este sentido, dejaría al juez como un autómata encargado de una aplicación mecánica e instrumental de la ley.
El juez no es sólo un dispositivo automático de la ley, sino alguien que está revestido de la majestad, responsabilidad y autoridad de interpretar, integrar y aplicar la norma jurídica, conforme los más altos requerimientos de la justicia, valor supremo del derecho. Es ahí donde la ética tiene un papel preponderante porque permite complementar lo que mandan las normas legales con lo que exigen los valores.
En este sentido, la justicia como sistema más que un poder que se ejerce es un servicio que se presta a la sociedad. La esencia del concepto consiste, por lo tanto, en considerar la obligación de servir como el fin de la facultad jurisdiccional, mientras que el poder, formado por la autoridad que la ley le confiere, es un medio al servicio del cumplimiento de esa finalidad fundamental.
En cuanto a la independencia, habría que decir que éste es un principio básico, tanto en lo que concierne a la esencia de la función judicial, como a la posibilidad concreta de su adecuado funcionamiento. La independencia de la función judicial es externa, en la medida en que ninguna influencia extraña, ni pública ni privada, debe interferir en la realización del acto soberano de juzgar y de dictar sentencia.
Igualmente, y quizás en su expresión más sensible e importante, es interna, en tanto que el superior jerárquico del juez no debe incidir bajo ningún punto de vista en la autonomía de quien debe decidir. En todo caso, y para enmendar los errores o abusos, está la jerarquía del sistema que se ejerce por medio de los recursos correspondientes. En este sentido la independencia es no sólo un principio de la justicia y un derecho del juez o tribunal, sino un deber con quien demanda justicia y con toda la sociedad.
La independencia empieza con el sistema de nombramientos. Por ello, la Ley de Carrera Judicial de Nicaragua, aunque deficitaria y con muchas fallas que deben ser enmendadas cuanto antes, es, sin embargo, un primer paso que puede ser útil a condición de que se corrijan algunas disposiciones que mantienen viejos vicios de la administración de justicia en Nicaragua.