Freddy Potoy Rosales
Para la creación de los sitios web no hay modelos en los cuales se pueda encasillar la creatividad de los diseñadores, no obstante, sí deben estar elementos importantes en toda página web seria y que se rige bajo legislaciones que garantizan seguridad jurídica a los usuarios.
No abordaré los procedimientos tecnológicos que puede utilizar un programador, un diseñador o los que emplee un Proveedor de Servicios de Internet (ISP), sino el marco jurídico que se debe tomar en cuenta para un sitio web que se aprecie de ser serio, eficiente y seguro.
La Ley de Protección de Datos Personales, Ley de Firma Electrónica, Ley contra Delitos Informáticos, Ley de Defensa del Consumidor o Usuarios de Telecomunicaciones y Tecnologías (según sea el caso) y la Ley de Comercio Electrónico, son algunas de las normativas a saber cuando se piensa en diseñar y poner en marcha un sitio web. Hay otros cuerpos normativos que no por ser secundarios dejan de tener una enorme importancia, por tanto, igualmente es saludable estar pendiente de éstos.
En el caso de Nicaragua, de momento no existe ninguno de los instrumentos jurídicos antes señalados, sin embargo, estimo que eso no impide que las empresas que tienen sus sitios web fortalezcan los mismos tomándolos en cuenta y los asuman como Códigos de Conducta o Códigos de Ética. A lo anterior se puede agregar que los sitios web que quieren dar mayor seguridad a los usuarios inviertan en Autoridades de Certificación (AC) de prestigio internacional para efectos de las transacciones on line ya sea de productos o servicios.
Al revisar varias páginas web en Nicaragua se puede apreciar que algunos elementos de los mencionados no son tomados en cuenta, pero creo que ocurre por dos razones: a) porque los dueños de los sitios web no han decidido invertir y b) porque no se sienten obligados por ley y tampoco tienen voluntad de asumir Códigos de Conducta.
Dentro del marco normativo hay algo particular que para mí es importante señalarlo y es el caso de que siempre es necesario que un sitio web tenga a la vista las Condiciones Generales de Contrataciones para seguridad tanto del empresario como del usuario y evitar posteriores problemas que pueden terminar un conflicto legal.
Esto en grandes rasgos, para comenzar, son algunos aspectos normativos a tomar en cuenta, no obstante, hay muchos otros detalles que como en toda empresa hay que tener siempre al día. Me refiero a los distintos tipos de contratos que pueda tener el usuario con el ISP; el producto o servicio que ofrece el dueño del sitio web debe ser atractivo, la seguridad tecnológica del mismo es algo primordial, la fidelización del usuario es de vital importancia en el complejo y competititvo mundo de Internet, y en este sentido el empresario no debe escatimar recursos, sobre todo si sabe que la inversión en tecnología a mediano y largo plazo disminuye sustancialmente sus costos de inversión y operación.
La fidelización del cliente tiene diversas formas de expresarse, no sólo a través de regalos de souvenir on line, sino también mediante el ofrecimiento de productos o servicios novedosos necesarios o que se presuman útiles para quienes visitan los sitios web serios. El empresario tiene que ir más allá de lo que hasta hoy ha hecho en Nicaragua.